crion
21.06.2019 21:30:31
- #1
¡Buenas noches a todos!
Actualmente estamos a punto de presentar la notificación de obra en Bovenden, al norte, en la frontera municipal con Göttingen (Baja Sajonia), y acabamos de tener nuestra reunión con el arquitecto de nuestro constructor de casas FIBAV.
Durante la reunión con el arquitecto, el diálogo también tocó brevemente el tema de las persianas enrollables, y dijimos que no queríamos ninguna.
Se nos dijo entonces que deberíamos o tendríamos que pensar en una forma alternativa de protección solar.
Para nosotros, el tema quedó zanjado: Actualmente vivimos en un piso de alquiler de una cooperativa de vivienda de Göttingen, primera ocupación 10/2014, sin persianas enrollables.
Sin embargo, después me quedé algo preocupado y pregunté por correo electrónico.
En la rápida respuesta decía:
"El proteccion térmica veraniega según DIN4108 parte 2 es obligatoria y es calculada por [...].
Allí se indica qué habitaciones deben estar obligatoriamente equipadas con sombreado.
Los dispositivos para posibles instalaciones de sombreado posteriores pueden incorporarse antes o después en la fachada.
Por favor, hable de esto con su jefe de obra. Él podrá coordinarlo con los gremios."
Está bien que la protección térmica veraniega según la norma DIN sea obligatoria, también para evitar que la mayoría de las personas tenga que instalar posteriormente aparatos de aire acondicionado que consumen mucha electricidad, sin duda.
Pero, ¿la protección térmica veraniega es también legalmente o de otro modo obligatoria, o podemos prescindir de ella sin ser sancionados de alguna manera, por ejemplo mediante una obligación posterior de instalación?
En caso de que la protección térmica veraniega sea de alguna forma una obligación sancionable:
¿Debe ser obligatoriamente una protección térmica exterior?
Mi esposa no puede vivir sin cortinas, por lo que ya tenemos una protección térmica interior, naturalmente peor que una exterior, pero existente.
No instalaremos aire acondicionado...
Independientemente de que sea obligatorio o no: ¿Cuáles son las opciones más económicas para una protección térmica medianamente efectiva?
¿O acaso ya son las cortinas?
Saludos cordiales,
Christian
Actualmente estamos a punto de presentar la notificación de obra en Bovenden, al norte, en la frontera municipal con Göttingen (Baja Sajonia), y acabamos de tener nuestra reunión con el arquitecto de nuestro constructor de casas FIBAV.
Durante la reunión con el arquitecto, el diálogo también tocó brevemente el tema de las persianas enrollables, y dijimos que no queríamos ninguna.
Se nos dijo entonces que deberíamos o tendríamos que pensar en una forma alternativa de protección solar.
Para nosotros, el tema quedó zanjado: Actualmente vivimos en un piso de alquiler de una cooperativa de vivienda de Göttingen, primera ocupación 10/2014, sin persianas enrollables.
Sin embargo, después me quedé algo preocupado y pregunté por correo electrónico.
En la rápida respuesta decía:
"El proteccion térmica veraniega según DIN4108 parte 2 es obligatoria y es calculada por [...].
Allí se indica qué habitaciones deben estar obligatoriamente equipadas con sombreado.
Los dispositivos para posibles instalaciones de sombreado posteriores pueden incorporarse antes o después en la fachada.
Por favor, hable de esto con su jefe de obra. Él podrá coordinarlo con los gremios."
Está bien que la protección térmica veraniega según la norma DIN sea obligatoria, también para evitar que la mayoría de las personas tenga que instalar posteriormente aparatos de aire acondicionado que consumen mucha electricidad, sin duda.
Pero, ¿la protección térmica veraniega es también legalmente o de otro modo obligatoria, o podemos prescindir de ella sin ser sancionados de alguna manera, por ejemplo mediante una obligación posterior de instalación?
En caso de que la protección térmica veraniega sea de alguna forma una obligación sancionable:
¿Debe ser obligatoriamente una protección térmica exterior?
Mi esposa no puede vivir sin cortinas, por lo que ya tenemos una protección térmica interior, naturalmente peor que una exterior, pero existente.
No instalaremos aire acondicionado...
Independientemente de que sea obligatorio o no: ¿Cuáles son las opciones más económicas para una protección térmica medianamente efectiva?
¿O acaso ya son las cortinas?
Saludos cordiales,
Christian