Caspar2020
30.05.2017 13:50:34
- #1
Eso no es en absoluto correcto en mi opinión. Las porciones legítimas existen al ocurrir el fallecimiento, pero no en donaciones. Mira el §2050 del Código de Construcción, especialmente los párrafos 1 y 3
Cuidado, porque existe un llamado derecho de suplementación de la porción legítima. Como el legislador quería proteger a los beneficiarios de la porción legítima de las consecuencias de tales regalos tácticos, en muchos casos simplemente ignora estas donaciones: los regalos que el causante ha hecho hasta diez años antes de su muerte se añaden ficticiamente a la herencia, que es decisiva para el monto de la porción legítima.
Ver §2325 del Código de Construcción.