merlin83
06.09.2015 21:14:17
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Si algunos trabajos se realizaron después de la mudanza (por ejemplo, en nuestro caso, sellado con silicona en los azulejos y las ventanas), estos se pueden incluir, en ciertos casos, como servicios domésticos. También se cuentan los trabajos de jardinería.
Se puede explicar así y, en algunos casos, la administración fiscal lo acepta como servicios de mano de obra (por desconocimiento del contexto completo, tramitación sin revisión detallada o simplemente falta de interés en una tramitación cuidadosa). Sin embargo, en el caso de una construcción nueva, no se trata de gastos deducibles según el artículo 35a de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ya que no son medidas de renovación, mantenimiento o modernización.