hb-julia
06.04.2016 13:47:24
- #1
Hola,
para un terreno a desarrollar existe un plan de ordenación urbanística que no establece una altura de planta, pero sí que una nueva casa debe adaptarse a la edificación circundante. Estas son casas unifamiliares habituales, construidas probablemente hace unos cuarenta años, con tejado a dos aguas.
Ahora se prefiere una llamada villa urbana con la llamada superficie compensatoria de 2/3. Una empresa constructora ya ha señalado que esto no es un problema. Pero si se firma algo aquí y luego resulta que desde la oficina de urbanismo no es posible construir una casa así, se queda uno atado a dicha empresa, aunque tal vez se quisiera construir mejor otra casa aprobada con otra empresa.
Por ello, mis preguntas son:
1) ¿El tejado de una llamada villa urbana se denomina oficialmente también "tejado a dos aguas"? - ¿O esto se reserva solo a las casas unifamiliares mencionadas?
2) En caso de que se apruebe una villa urbana, ¿se podría colocar un tejado a dos aguas en la superficie compensatoria de 2/3 de una sola planta (para una posible ampliación posterior, aunque actualmente solo se usaría como ático)? ¿O tendría que ser techo plano?
¡Muchas gracias por todas las respuestas profesionales y experiencias personales!
para un terreno a desarrollar existe un plan de ordenación urbanística que no establece una altura de planta, pero sí que una nueva casa debe adaptarse a la edificación circundante. Estas son casas unifamiliares habituales, construidas probablemente hace unos cuarenta años, con tejado a dos aguas.
Ahora se prefiere una llamada villa urbana con la llamada superficie compensatoria de 2/3. Una empresa constructora ya ha señalado que esto no es un problema. Pero si se firma algo aquí y luego resulta que desde la oficina de urbanismo no es posible construir una casa así, se queda uno atado a dicha empresa, aunque tal vez se quisiera construir mejor otra casa aprobada con otra empresa.
Por ello, mis preguntas son:
1) ¿El tejado de una llamada villa urbana se denomina oficialmente también "tejado a dos aguas"? - ¿O esto se reserva solo a las casas unifamiliares mencionadas?
2) En caso de que se apruebe una villa urbana, ¿se podría colocar un tejado a dos aguas en la superficie compensatoria de 2/3 de una sola planta (para una posible ampliación posterior, aunque actualmente solo se usaría como ático)? ¿O tendría que ser techo plano?
¡Muchas gracias por todas las respuestas profesionales y experiencias personales!