Después de haber visto el plan, entiendo el problema aún menos. ¿Quién limita a quién y quién ha rellenado? Hacia "atrás", en dirección a A y B, no hay problema porque B no pertenece a un constructor privado, ¿entonces se trata del vecino justo al lado? Esto me confunde porque esta disposición en V no tiene ninguna importancia, pero te has esforzado en describirlo con palabras.
Las limitaciones de altura existen en forma de especificación de número de pisos en combinación con las alturas de cumbrera y el punto de referencia de la altura media de la vía pública adyacente. Todo esto es bastante claro. En ningún lugar veo algo que impida el relleno del vecino dentro de este marco. Para las reglas sobre rellenos, mira la ley de vecindad de tu estado federado.
Si alguien, por ejemplo por motivos estéticos, tenía la intención de prohibir los rellenos, no lo hizo. Mala suerte para quienes lo consideran antiestético y asumieron que estaba regulado. Aunque, culpa propia, el plan es de 2006, tiempo suficiente para notar la ausencia de tal regulación.
En mi opinión, el plan tampoco es tan complicado. Quizás es complejo debido a las diferentes áreas y las regulaciones individuales asociadas. Quien construya una casa allí puede ignorar mucho, porque no es aplicable para su propia área.