Derechos por defectos en el contrato de obra

  • Erstellt am 07.08.2016 18:34:09

Payday

07.08.2016 18:34:09
  • #1
Una rescisión de un proyecto de construcción me parece difícil. La casa ya está ahí y tú rescindes el contrato de compra debido a defectos, y el fabricante de casas prefabricadas entonces recoge su casa otra vez o ¿cómo te lo imaginas?
Que el contratista siempre pueda primero eliminar su defecto está claro y también está así en el Código de la Construcción. La reducción de la remuneración, por ejemplo en defectos estéticos, es frecuente cuando la corrección sin defectos "no sería proporcionada" (por ejemplo, un arañazo en la puerta de 5000 €, que se ve a un metro de distancia a la luz del sol si se mira de cerca). La remuneración luego asignada para defectos estéticos se establece según una lista y es completamente ridícula. Por el mencionado arañazo en la puerta de 5000 € quizás se devolverían 100 €.

En tu cláusula aquí sería importante que al finalizar la recepción de la casa no hubierais pagado todo el dinero, para que pudierais retener algo.

Cambiar del Código de la Construcción a la VOB con un proveedor, por cierto, es completamente inútil. Ellos conocen el Código de la Construcción, para un cliente no cambian a otro sistema. Nadie conoce ese sistema, automáticamente habrá problemas.

Lo que significa legalmente la cláusula te podría decir un abogado.
 

Hildebub

07.08.2016 20:29:28
  • #2
Hola Payday,

gracias por tu respuesta. Sí, es cierto. Devolver una casa probablemente sea realmente difícil.

Hemos negociado un pago final del 5% del importe bruto de la construcción tras la entrega conjunta. Con eso, por ahora estamos bastante contentos.

También es correcto que cambiar a VOB no sea factible, lo cual es una pena, pero comprensible.

Entonces nos lanzaremos a la aventura de construir una casa. Informaré en los foros correspondientes aquí sobre cómo va todo. Hasta ahora estamos muy satisfechos con la atención y la negociación en Kern-Haus.

Saludos,
Hildebub
 

Payday

07.08.2016 20:33:12
  • #3
¡El 5% DESPUÉS de la entrega de la casa es bueno y razonable! quien ofrece algo así generalmente no tiene "nada" que ocultar, al fin y al cabo también quiere ese dinero. El 5% de 200.000€ son 10.000€, mucho dinero por algunos posibles defectos estéticos.

no te puedo decir si tu cláusula está realmente bien así. quizás alguien con mejor experiencia jurídica pueda decirte más al respecto.
 

Otus11

08.08.2016 09:49:18
  • #4


Según la ley de condiciones generales de contratación (ley de términos y condiciones generales) esto es claramente inválido, 309 Nr. 8 b) bb) Código de Construcción. Para contratos individuales, es decir contratos negociados libremente, también el § 639 del Código de Construcción establece límites.

En resumen, se les suprimen tres de los cuatro derechos de garantía según el § 634 del Código de Construcción, a saber:
- Ejecución por propia cuenta
- Rescisión
- Indemnización por daños y perjuicios
Solo queda el cumplimiento posterior (donde el contratista siempre tiene la elección de lo que ofrece, § 635 I Código de Construcción).

No reciben ninguna compensación por esta supresión de derechos, por lo que en (AGB) constituye una desventaja indebida.

Para clarificar un caso donde esto queda claro:
Por ejemplo, las ventanas tienen fugas, el parquet en la sala (trabajo propio) se levanta, se hincha....(= daño económico).
El contratista ofrece cumplimento posterior diligentemente = ventanas ahora estan selladas. El parquet sigue deteriorándose....Y los costos de abogado (extrajudiciales) tampoco se reembolsan, ya que esto sería indemnización por daños, no cumplimiento posterior...

Invalido no significa nada todavía. Depende de cómo se aplique el contrato en la práctica. Sin embargo, ante un tribunal, el contratista / contratista general no tiene muchas posibilidades si se basa en ello.

De paso: ¿Por qué desafortunadamente no un contrato VOB/B? La jurisprudencia del Tribunal Federal de Justicia lo interpreta de todos modos conforme al contrato de obra del Código de Construcción, por ejemplo para ampliar la garantía de los muros de 4 años según VOB a 5 años según el Código de Construcción....
 

Hildebub

09.08.2016 20:54:27
  • #5
Hola Otus11,

Gracias por tus explicaciones. A través del ejemplo, se me aclaró la posible trascendencia. Intentamos ampliar el contrato en consecuencia para incluir los derechos de ejecución por cuenta propia, desistimiento y resarcimiento de daños. Sin embargo, sospecho que vamos a topar con pared.

Me ha llamado la atención algo en el contrato que no me gusta mucho. ¿Podéis darme vuestra opinión al respecto?
Tenemos que presentar una confirmación de financiación hasta 3 semanas antes del inicio de la construcción. Hasta ahí todo bien. Sin embargo, el pasaje termina con la frase: "Bei Nachweis der rechtskräftigen Forderungsfeststellung muss Kern-Haus ein unmittelbarer Zahlungsanspruch gegen die die Finanzierung bestätigende Bank eingeräumt sein." En principio, no quiero que el AN tenga reclamaciones directas contra mi banco, ¿o lo estoy viendo mal?

Tengo una cosa más: Hemos definido un plazo contractual de obra de 10 meses con las cláusulas habituales. A esto se suma una indemnización por demora del 0,15% de la suma bruta de construcción por cada día de retraso, pero con un límite máximo del 1,5%. ¿Está esto bien o es claramente insuficiente?

Perdón por las muchas preguntas... y muchas gracias por vuestra ayuda.

Saludos,
Hildebub
 

Bieber0815

09.08.2016 21:15:45
  • #6
El Baugesetzbuch es mejor que la VOB, ¿verdad?

Con respecto a las cláusulas que de todas formas son inválidas, no negociaría tanto. Ignóralas. Si te tranquiliza, de todas formas tienes que contratar a un abogado especializado para la revisión.

La indemnización por demora en nuestro caso estaba limitada al 5 % del importe del contrato. Me parece que el 1,5 % es algo bajo. Solo podemos evaluar cuánto son el 0,15 % si conocemos la suma bruta de la construcción .

Nuestros vecinos construyeron con Kern-Haus. La casa sigue en pie y ellos viven en ella !
 

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