DG
16.03.2015 00:31:06
- #1
Los plazos se pueden prolongar generalmente en acuerdo con el topógrafo/oficina del catastro hasta que se construyan edificios anexos / garaje(s).
Si se ha encargado la medición del edificio, ya asumo que el topógrafo también puede entrar al terreno.
En última instancia, la medición es obligatoria para el propietario, es decir, quien ignore continuamente las cartas del topógrafo encargado o de la oficina del catastro, será medido de forma obligatoria en algún momento, incluyendo una tarifa adicional. A más tardar entonces, entra en vigor el derecho de acceso al terreno del topógrafo o de la autoridad, que está establecido en las leyes estatales correspondientes.
Atentamente
Dirk Grafe
Ellos deben registrarse y no pueden/deben simplemente entrar en el terreno, ¿no?
Si se ha encargado la medición del edificio, ya asumo que el topógrafo también puede entrar al terreno.
En última instancia, la medición es obligatoria para el propietario, es decir, quien ignore continuamente las cartas del topógrafo encargado o de la oficina del catastro, será medido de forma obligatoria en algún momento, incluyendo una tarifa adicional. A más tardar entonces, entra en vigor el derecho de acceso al terreno del topógrafo o de la autoridad, que está establecido en las leyes estatales correspondientes.
Atentamente
Dirk Grafe