Hausbaer
22.12.2023 12:49:18
- #1
Eso es malo, ¿qué seguro es ese? En la ÖRAG esto no está excluido.
Örag. Es interesante, ¿en su póliza no dice que esto está excluido?
Eso es malo, ¿qué seguro es ese? En la ÖRAG esto no está excluido.
Örag. Es interesante, ¿en vuestra caso no dice que esté excluido?
Ahora revisé de nuevo, tienes razón - la insolvencia también está excluida en mi caso según el párrafo 5. Pero me preguntaría si - como en tu caso - aquí se trata principalmente de la eliminación de defectos, eso está asegurado. Heia, uno nunca deja de aprender.
Otro consejo, la garantía no está completamente perdida, en caso de insolvencia del promotor, pasa a los oficios ejecutores. Pero ellos solo están obligados a garantizar los servicios si sus facturas están completamente pagadas por el contratista - lo cual desafortunadamente a menudo no es así. Con nosotros, algunos oficios se mostraron cooperativos - siempre depende de qué tan gravemente los oficios especializados estén afectados por la insolvencia del contratista. En tu lugar, simplemente concertaría una cita de asesoramiento con un abogado especializado, mientras no menciones la palabra insolvencia como motivo principal para la asesoría, una asesoría general siempre está cubierta por el seguro. Cruzo los dedos....
Entonces ya no tenéis que esperar a su subsanación y podéis adjudicar directamente la ejecución sustituta. Podéis intentar reclamar los costes, pero probablemente, según la proporción, ni siquiera valdrá la pena los gastos legales. Respecto a las compensaciones, me remito a mis palabras anteriores ;-)Nuestra empresa ya no está en la insolvencia provisional sino en el procedimiento ordinario, y el administrador ha rechazado el cumplimiento.
Lo hará. Vivir con ello será más barato que frustrarse al respecto. La justicia no fue el objetivo principal de la InsO.¿Puede el administrador insistir en el pago de la retención por defectos a pesar de negar el cumplimiento?