Preguntas breves:
¿Quién se encarga de la planificación de ejecución?
¿Quién debería actuar como jefe de obra según la ley estatal de construcción? ¿Qué se supone que debe revisar "por horas"? ¿A cuántas horas te refieres?
Por supuesto, esta forma mixta es viable si el arquitecto acepta y asume al menos el servicio exigido por el derecho público de construcción al respecto...
Aquí un extracto del reglamento modelo de construcción. Formulaciones correspondientes se encuentran en cada ley estatal de construcción.
§ 52 Deberes básicos
En la construcción, modificación, cambio de uso y eliminación de instalaciones, el propietario y, en el ámbito de su competencia, los demás involucrados en la construcción son responsables de que se cumplan las normativas públicas aplicables.
§ 53 Propietario
(1) 1El propietario deberá nombrar, según lo dispuesto en los §§ 54 a 56, a participantes adecuados para la preparación, supervisión y ejecución de un proyecto de construcción que no esté exento de procedimiento, así como para la eliminación de instalaciones, siempre que él mismo no sea apto para cumplir con las obligaciones según estas disposiciones.
2Además, corresponden al propietario las solicitudes, notificaciones y justificantes requeridos por la normativa pública.
3Antes del inicio de la construcción, deberá comunicar por escrito a la autoridad supervisora de la construcción el nombre del jefe de obra y, durante la ejecución, cualquier cambio de esta persona sin demora. ...
§ 56 Jefe de obra
(1) 1El jefe de obra debe velar por que la obra se realice conforme a los requisitos legales públicos y dar las instrucciones necesarias para ello.
2Dentro de esta función, debe cuidar del funcionamiento técnico seguro del sitio de construcción, especialmente del desarrollo sin riesgos superpuestos de los trabajos de los contratistas.
3La responsabilidad de los contratistas permanece intacta.
(2) 1El jefe de obra debe contar con los conocimientos y experiencia necesarios para su tarea.
2Si no posee los conocimientos necesarios en áreas parciales, deben ser contratados jefes de obra especializados adecuados.
3Estos sustituyen al jefe de obra en esos ámbitos.
4El jefe de obra debe coordinar las actividades de los jefes de obra especializados con las suyas propias.