¿Qué dirá la oficina de construcción?

  • Erstellt am 25.01.2020 01:03:16

RaBa2020

25.01.2020 12:21:46
  • #1


Cubiertas de entradas, escaleras de acceso a la casa, balcones, otras estructuras salientes y demás partes sobresalientes del edificio, si las partes del edificio en conjunto no ocupan más de un tercio del ancho de la respectiva pared exterior, para no más de 1,50 m, pero como máximo un tercio.
 

kbt09

25.01.2020 12:27:18
  • #2
Balcones sí ... pero terrazas no. Y yo como vecino tampoco daría mi consentimiento.

¿No habías escrito en algún lugar cómo se llama el plan de desarrollo? ¿O era un enlace ... que ahora ya no está? Siempre describir solamente, los enlaces no son deseados aquí, incluso si no conducen a publicidad.
 

RaBa2020

25.01.2020 12:29:45
  • #3

Para la superficie básica permitida no se contabilizan las superficies de las instalaciones accesorias en el sentido del § 14. Lo mismo se aplica a balcones, logias, terrazas así como a las instalaciones constructivas, siempre que sean permitidas o puedan ser autorizadas según la legislación estatal en el índice de construcción o en las zonas de separación.
 

RaBa2020

25.01.2020 12:34:42
  • #4

Oh, no lo sabía

BP 256
Ubicación: Edewechter Landstraße/Kaspersweg/Lerigauweg
vinculante desde: 20 de octubre de 1972
 

kaho674

25.01.2020 12:50:38
  • #5
Tengo mis dudas sobre si la escalera es aceptable en esa forma. Nunca he visto algo así en una obra nueva de edificio multifamiliar - una caja de escalera con peldaños giratorios. Solo se permiten rellanos por motivos de vías de escape, ¿verdad? Pero tampoco estoy completamente seguro. Una segunda vía de escape también tendría que desembocar en algún lugar, ¿cierto?

¿Hay algún visto bueno por parte de la autoridad de gestión del agua respecto a la cantidad de aguas residuales y la entrada?

¿Dónde está la calefacción? Las fotos son tan borrosas que no puedo leer nada. ¿Se supone que debe quedar en la ampliación trasera? Entonces debería estar incluida en el envolvente térmico. En ese caso, no lo consideraría un anexo. Bueno, tal vez la oficina de urbanismo haga la vista gorda.
 

kbt09

25.01.2020 13:19:45
  • #6

¿De dónde sacas eso? Yo me he basado en el cálculo según el § 19 de la Ordenanza de Uso del Suelo.
 

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