Bauexperte
10.06.2012 11:15:47
- #1
Hola Bernd,
No puedo prestar asesoría legal; esta está reservada exclusivamente en Alemania para las profesiones consultoras.
Este incidente es un buen ejemplo de que tú - lo siento - ahorraste en el lugar equivocado desde el principio...
En tu contrato de obra - en el § xyz referente a la remuneración - seguramente dice algo así: "En caso de exclusión de servicios que se acuerdan en el § xyz, rige el reembolso ofrecido por el contratista por el servicio, con lo que el cliente expresa su consentimiento explícito."
Con eso, tú eres el último y no tienes recursos para oponerte a la cantidad ofrecida para el reembolso. Una revisión del contrato de obra junto con los anexos por parte de una fuente competente de antemano habría advertido sobre esta formulación para su especificación.
En mi opinión, el § 649 del Código de Construcción tiene menos que ver, ya que no quieres rescindir completamente el contrato de obra, sino solo reducir un determinado servicio.
Saludos cordiales
No puedo prestar asesoría legal; esta está reservada exclusivamente en Alemania para las profesiones consultoras.
Nuestro promotor inmobiliario solo quiere reembolsarnos 250,00 euros sin más justificaciones y se remite al §649 del Código de Construcción.
¿Está justificada una reducción tan alta o podemos oponernos?
Este incidente es un buen ejemplo de que tú - lo siento - ahorraste en el lugar equivocado desde el principio...
En tu contrato de obra - en el § xyz referente a la remuneración - seguramente dice algo así: "En caso de exclusión de servicios que se acuerdan en el § xyz, rige el reembolso ofrecido por el contratista por el servicio, con lo que el cliente expresa su consentimiento explícito."
Con eso, tú eres el último y no tienes recursos para oponerte a la cantidad ofrecida para el reembolso. Una revisión del contrato de obra junto con los anexos por parte de una fuente competente de antemano habría advertido sobre esta formulación para su especificación.
En mi opinión, el § 649 del Código de Construcción tiene menos que ver, ya que no quieres rescindir completamente el contrato de obra, sino solo reducir un determinado servicio.
Saludos cordiales