Hola,
Si entiendo bien, se puede exceder el número hasta un máximo de 0,8 para un carport/garaje.
No se puede responder así, ya que para ello es decisivo el plan de ordenación urbana, o bien las disposiciones textuales del plan de ordenación urbana. Cada ciudad/municipio tiene el derecho de modificar/complementar la ordenanza estatal de construcción vigente mediante sus propios puntos, y estos tienen validez "antes" que la ordenanza estatal de construcción.
Si quieres saber exactamente qué puedes y qué no, consulta el plan de ordenación urbana, o pregunta en la oficina de planificación de construcción correspondiente a tu zona.
Saludos, experto en construcción