craigh-na-dun
31.05.2012 12:50:59
- #1
Hola a todos,
mis padres nos han hecho la oferta de transferirme la casa familiar. Mis padres entonces construirían una nueva vivienda acorde a su edad y recibirían de nosotros una renta vitalicia mensual. Sin embargo, hace 5 años solo compramos una casa. Después de una llamada con el banco, ahora sé aproximadamente el monto de la compensación por cancelación anticipada.
Ahora me he topado con algunas informaciones. El banco solo debe aceptar la cancelación con "interés justificado" para la cancelación. De lo contrario, el banco puede fijar de manera variable el monto de la compensación por cancelación anticipada. ¿Significa eso que el banco también puede rechazar si nosotros cancelamos? En el momento de la cancelación, la nueva construcción ya estaría terminada, nos habríamos mudado y la venta de nuestra casa actual estaría cerrada...
El encargado del banco indicó que la tasa de interés para la reinversión en bonos hipotecarios es inferior al 1%. Los calculadores de compensación por cancelación anticipada en internet (por ejemplo, en Test.de) asumen una tasa de interés más alta. ¿Cuáles son correctos y dónde encuentro las tasas de interés actuales que deben aplicarse según la sentencia del BGH?
La demanda del banco solo la recibiremos después de la cancelación. ¿Qué opciones hay para actuar en contra si la demanda de compensación por cancelación anticipada del banco es demasiado alta? ¿Hay que demandar inmediatamente?
Espero haber formulado la situación/preguntas de manera comprensible y que tal vez alguien tenga algunas respuestas para mí... Gracias de antemano...
Saludos cordiales Craigh-na-dun
mis padres nos han hecho la oferta de transferirme la casa familiar. Mis padres entonces construirían una nueva vivienda acorde a su edad y recibirían de nosotros una renta vitalicia mensual. Sin embargo, hace 5 años solo compramos una casa. Después de una llamada con el banco, ahora sé aproximadamente el monto de la compensación por cancelación anticipada.
Ahora me he topado con algunas informaciones. El banco solo debe aceptar la cancelación con "interés justificado" para la cancelación. De lo contrario, el banco puede fijar de manera variable el monto de la compensación por cancelación anticipada. ¿Significa eso que el banco también puede rechazar si nosotros cancelamos? En el momento de la cancelación, la nueva construcción ya estaría terminada, nos habríamos mudado y la venta de nuestra casa actual estaría cerrada...
El encargado del banco indicó que la tasa de interés para la reinversión en bonos hipotecarios es inferior al 1%. Los calculadores de compensación por cancelación anticipada en internet (por ejemplo, en Test.de) asumen una tasa de interés más alta. ¿Cuáles son correctos y dónde encuentro las tasas de interés actuales que deben aplicarse según la sentencia del BGH?
La demanda del banco solo la recibiremos después de la cancelación. ¿Qué opciones hay para actuar en contra si la demanda de compensación por cancelación anticipada del banco es demasiado alta? ¿Hay que demandar inmediatamente?
Espero haber formulado la situación/preguntas de manera comprensible y que tal vez alguien tenga algunas respuestas para mí... Gracias de antemano...
Saludos cordiales Craigh-na-dun