Schreiber_61
23.12.2020 22:46:38
- #1
Hola a todos,
hace 2 años compré un terreno a mi ciudad. En ese momento se adjudicaron un total de 3 terrenos según el modelo para residentes locales. No había un plan de construcción especial de la ciudad, sino de acuerdo con el § 34 sobre la admisibilidad de proyectos dentro de zonas urbanas desarrolladas de manera coherente. Hace medio año presenté la solicitud de construcción y hoy recibí el permiso de construcción. Mi pregunta para ustedes es, hay una posición en el cálculo de costos que dice: "Permiso limitado bajo la ley de aguas (Tarifa Nº 8.IV.0 / 1.2 o 1.4). En mi terreno, a unos 30 metros de distancia, hay un río, y también tengo un problema de agua subterránea, la ciudad me informó más tarde que el agua subterránea está a 1 metro de profundidad. Personalmente no estaba muy interesado porque quiero construir sin sótano, solo que en el permiso de construcción hay una nota de la oficina de gestión del agua, que en caso de crecidas "El propietario no tiene derecho a indemnización si en su terreno o construcción se causan daños por eventos de crecidas". ¿Qué debo entender al respecto?
Gracias de antemano.
hace 2 años compré un terreno a mi ciudad. En ese momento se adjudicaron un total de 3 terrenos según el modelo para residentes locales. No había un plan de construcción especial de la ciudad, sino de acuerdo con el § 34 sobre la admisibilidad de proyectos dentro de zonas urbanas desarrolladas de manera coherente. Hace medio año presenté la solicitud de construcción y hoy recibí el permiso de construcción. Mi pregunta para ustedes es, hay una posición en el cálculo de costos que dice: "Permiso limitado bajo la ley de aguas (Tarifa Nº 8.IV.0 / 1.2 o 1.4). En mi terreno, a unos 30 metros de distancia, hay un río, y también tengo un problema de agua subterránea, la ciudad me informó más tarde que el agua subterránea está a 1 metro de profundidad. Personalmente no estaba muy interesado porque quiero construir sin sótano, solo que en el permiso de construcción hay una nota de la oficina de gestión del agua, que en caso de crecidas "El propietario no tiene derecho a indemnización si en su terreno o construcción se causan daños por eventos de crecidas". ¿Qué debo entender al respecto?
Gracias de antemano.