Escroda
08.04.2020 23:25:59
- #1
Dios mío, qué se habrán inventado esta vez los urbanistas. Esto podría ser el examen de bachillerato en el curso avanzado de alemán: interprete el texto y saque a relucir las intenciones del autor.
Sí.
No. "El terreno natural debe conservarse en la mayor medida posible"
No se sabe. Se podría decir que todo lo que esté más alto que lo que lo rodea está elevado y todo lo que sea más empinado que la pendiente natural de 1:1,5 es empinado. Quizás la justificación del plan de urbanismo aporte algo. La estipulación en sí es indeterminada, a menos que alguna de las partes no publicadas ayude.
¿Eso se dijo? Pero no se desprende de la estipulación.
También lo veo así.
Se trata solo de los cerramientos que normalmente están en los límites de la propiedad, donde deben salvarse diferencias de altura mediante taludes.
No puede haber relleno en la línea divisoria, si no habría violado el plan de urbanismo. Si tiene una excepción, probablemente también se aplique para una valla. O quienes la autoricen hacen tanta tontería como quienes diseñan.
Sí.
Se permiten bases de 20 cm, pero no para sujetar.
No.
Sí. Como cerramiento pero no como muro de contención.
¿Para qué?
Sí, a menos que perjudique la imagen local y paisajística. Aunque entonces volveríamos al examen de alemán.
Eso sería un 30%. En 30° la diferencia de altura es 0,58m.
Partiendo de la pendiente natural serían 90 cm para una diferencia de altura de 60 cm
básicamente, quien excave o rellene debe estabilizar, ¿no?
Sí.
se puede hacer lo que se quiera dentro de la propiedad
No. "El terreno natural debe conservarse en la mayor medida posible"
¿cuándo una terraza está elevada y cuándo una pendiente es empinada?
No se sabe. Se podría decir que todo lo que esté más alto que lo que lo rodea está elevado y todo lo que sea más empinado que la pendiente natural de 1:1,5 es empinado. Quizás la justificación del plan de urbanismo aporte algo. La estipulación en sí es indeterminada, a menos que alguna de las partes no publicadas ayude.
(però solo 20 cm de alto)
¿Eso se dijo? Pero no se desprende de la estipulación.
que los muros base de las vallas solo pueden tener 20 cm de altura pero se permiten muros de piedra natural
También lo veo así.
¿cómo se deberían compensar entonces las diferencias de altura?
Se trata solo de los cerramientos que normalmente están en los límites de la propiedad, donde deben salvarse diferencias de altura mediante taludes.
entonces el vecino 3 no podría hacer ninguna valla porque con el relleno ya supera los 120 cm
No puede haber relleno en la línea divisoria, si no habría violado el plan de urbanismo. Si tiene una excepción, probablemente también se aplique para una valla. O quienes la autoricen hacen tanta tontería como quienes diseñan.
¿no están permitidos muros de contención? al menos en las líneas divisorias?
Sí.
¿ni siquiera los de 20 cm???
Se permiten bases de 20 cm, pero no para sujetar.
¿los aros para plantas son un talud?
No.
ningún tipo de muro
Sí. Como cerramiento pero no como muro de contención.
para tener un plano recto frente a la entrada
¿Para qué?
¿puedo entonces hacer un muro con cierta distancia al camino peatonal (Max, EFOK) y entre muro y camino una superficie a nivel del camino?
Sí, a menos que perjudique la imagen local y paisajística. Aunque entonces volveríamos al examen de alemán.
entonces en un metro se elevan 30 cm
Por lo tanto, hay que “sacrificar” 2 metros de la propiedad en la frontera respectiva si se quiere corregir 60 cm.