Marslsmn
09.01.2025 12:30:04
- #1
Hola a todos,
Si ya existe un tema así, me alegraría recibir un enlace, pero como encontré una publicación de 2021 en la que se ayudó específicamente, pensé que tal vez podrían ayudarme también en mi caso concreto:
Mi abuelo ya dividió su terreno de 2300 m² en los años 90, para que más tarde sus hijos/nietos pudieran construir allí. En algún momento, la ciudad emitió una ordenanza de clarificación en la que justo en mi terreno se trazó el límite con el área exterior. Se trata de la parcela 63/2 y también la 1082, aunque esta parcela "solo" representa un camino hacia el garaje ya existente.
La propia ciudad, donde pregunté primero, me dijo que no ve ningún problema con la edificación y según su argumentación y pensamientos sobre la ordenanza de clarificación, el plan de uso del suelo y la imagen general de la calle, no debería haber problema. Sin embargo, el departamento de urbanismo dice claramente que no se puede construir porque solo una pequeña parte del terreno está en el área interior. ¿Qué opciones tengo ahora y se puede convencer al departamento de urbanismo con algún argumento? ¿Podría una evaluación/conclusión de la ciudad ayudar?
Aquí un extracto de la parcela, del plan de uso del suelo y de la ordenanza de clarificación. A mí me parece que simplemente se trazó la línea al final del camino sin pensar especialmente que mi terreno (que es el último en esta calle) debería contar explícitamente como área exterior.
Quizás solo me lo estoy idealizando y el asunto es desesperado, por eso espero su experiencia.
¡Gracias!
Información adicional sobre las imágenes:
La línea morada es el límite del valor del suelo que se orienta según la ordenanza de clarificación - solo para visualización.
La parcela 1169 no es accesible desde nuestra calle. Es un complejo de jardines que tiene su entrada en otro lugar. Como dije, mi terreno es el último en esta calle llena de viviendas unifamiliares.
La parcela 63/1 también pertenece a mi familia pero solo está construida con un carport. Según la ciudad, mis posibilidades ante el departamento de urbanismo aumentarían si primero se construyera ahí para luego "cerrar la urbanización" con mi terreno.
La parcela 48 o número de casa 11 es lamentablemente "solo" un bungalow de fin de semana (el único en la calle), lo que no me ha ayudado en la argumentación ante el departamento de urbanismo.
Si ya existe un tema así, me alegraría recibir un enlace, pero como encontré una publicación de 2021 en la que se ayudó específicamente, pensé que tal vez podrían ayudarme también en mi caso concreto:
Mi abuelo ya dividió su terreno de 2300 m² en los años 90, para que más tarde sus hijos/nietos pudieran construir allí. En algún momento, la ciudad emitió una ordenanza de clarificación en la que justo en mi terreno se trazó el límite con el área exterior. Se trata de la parcela 63/2 y también la 1082, aunque esta parcela "solo" representa un camino hacia el garaje ya existente.
La propia ciudad, donde pregunté primero, me dijo que no ve ningún problema con la edificación y según su argumentación y pensamientos sobre la ordenanza de clarificación, el plan de uso del suelo y la imagen general de la calle, no debería haber problema. Sin embargo, el departamento de urbanismo dice claramente que no se puede construir porque solo una pequeña parte del terreno está en el área interior. ¿Qué opciones tengo ahora y se puede convencer al departamento de urbanismo con algún argumento? ¿Podría una evaluación/conclusión de la ciudad ayudar?
Aquí un extracto de la parcela, del plan de uso del suelo y de la ordenanza de clarificación. A mí me parece que simplemente se trazó la línea al final del camino sin pensar especialmente que mi terreno (que es el último en esta calle) debería contar explícitamente como área exterior.
Quizás solo me lo estoy idealizando y el asunto es desesperado, por eso espero su experiencia.
¡Gracias!
Información adicional sobre las imágenes:
La línea morada es el límite del valor del suelo que se orienta según la ordenanza de clarificación - solo para visualización.
La parcela 1169 no es accesible desde nuestra calle. Es un complejo de jardines que tiene su entrada en otro lugar. Como dije, mi terreno es el último en esta calle llena de viviendas unifamiliares.
La parcela 63/1 también pertenece a mi familia pero solo está construida con un carport. Según la ciudad, mis posibilidades ante el departamento de urbanismo aumentarían si primero se construyera ahí para luego "cerrar la urbanización" con mi terreno.
La parcela 48 o número de casa 11 es lamentablemente "solo" un bungalow de fin de semana (el único en la calle), lo que no me ha ayudado en la argumentación ante el departamento de urbanismo.