En caso de que alguien encuentre el hilo más adelante y esté interesado en la "solución": Ya he podido contactar con una persona en el TÜV y aclarar el tema. Contrariamente a la declaración original del fabricante de ventanas, no se requiere una protección contra caídas a 90 cm sobre el borde superior del alféizar de la ventana. En cambio, solo se debe asegurar que la altura total de la protección contra caídas sea al menos de 90 cm y que la protección desde el ala de la ventana sea de al menos 60 cm. Por lo tanto, la altura total de la protección contra caídas con aproximadamente 105 cm sobre el suelo terminado sigue siendo ligeramente elevada, pero no tan grave como se temía originalmente (>125 cm) y lo afirmado por el fabricante de ventanas.
Por eso dejaremos la altura del pretil en 50 en todas las habitaciones para mantener uniformidad. La altura de caída de 105 cm está bien para nosotros, es similar a un pretil, por ejemplo, en una barandilla de escalera.
Atención: Las declaraciones anteriores solo se aplican para Baviera y solo para alturas de caída <12 m y solo si el alféizar de la ventana no tiene "profundidad excesiva" (ventana asiento).