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27.02.2013 09:33:56
- #1
Hace unos días nos colocaron el suelo de hormigón. Ahora he notado que la altura entre el hormigón y el borde inferior de las ventanas es de entre 79 y 80 cm. Está previsto colocar parquet o baldosas, por lo que la altura final será de entre 78 y 79 cm. Sin embargo, varios muebles ya tienen una altura de 85 cm. Además, tenemos niños pequeños y, en comparación con nuestro piso de alquiler actual, que tiene una altura del antepecho de 90 cm, la situación parece algo menos segura.
Según las normas SIA, que también se acordaron en el contrato con el contratista general [GU], la altura del antepecho debería ser al menos de 90 cm (la pared tiene un grosor >20 cm); de lo contrario, es necesario un protector contra caídas de 100 cm de altura. ¿Lo veo correctamente?
Nunca se acordó esta medida especial con el arquitecto o, al menos, no nos consta en los planos. En el contrato con el [GU] ni en la descripción de la obra se menciona la altura del antepecho de las ventanas. ¿Puede el [GU] elegir libremente la altura del antepecho e instalar eventualmente un protector contra caídas, o se consideran entonces los 90 cm como acordados?
¿Cómo debo proceder ahora de la mejor manera?
Según las normas SIA, que también se acordaron en el contrato con el contratista general [GU], la altura del antepecho debería ser al menos de 90 cm (la pared tiene un grosor >20 cm); de lo contrario, es necesario un protector contra caídas de 100 cm de altura. ¿Lo veo correctamente?
Nunca se acordó esta medida especial con el arquitecto o, al menos, no nos consta en los planos. En el contrato con el [GU] ni en la descripción de la obra se menciona la altura del antepecho de las ventanas. ¿Puede el [GU] elegir libremente la altura del antepecho e instalar eventualmente un protector contra caídas, o se consideran entonces los 90 cm como acordados?
¿Cómo debo proceder ahora de la mejor manera?