Christian K.
15.12.2018 10:30:53
- #1
Hola a todos,
tenemos un borrador de un arquitecto que debe ser realizado por una oficina de planificación. Hasta ahora no tenemos un contrato con la oficina de planificación de la construcción y parece que la oficina emite una factura después del trabajo realizado. Mi comprensión sería, sin embargo, que deberíamos firmar un contrato de antemano. La oficina de planificación de la construcción se encarga de la solicitud de construcción, la estática, el reglamento de ahorro de energía, planos a escala 1:50, la dirección de obra y adjudica los oficios más o menos en contratos individuales.
1. Pregunta: ¿No deberíamos firmar un contrato con la oficina de planificación de la construcción? En caso afirmativo, ¿sobre qué exactamente?
Por un lado, no se necesita un contrato para la solicitud de construcción, la estática, etc., pero ¿cómo es con la adjudicación y la dirección de obra? De esto surge también nuestra segunda pregunta:
2. Pregunta: ¿Quién asegura la calidad y es responsable en caso de que el trabajo se haya ejecutado incorrectamente?
Por ejemplo, en nuestro caso se debe rellenar tierra. ¿Qué pasa si no se compacta correctamente y la tierra se hunde? Aquí vería en parte al director de obra, pero también a los distintos oficios.
Sé cómo sería si solo construyéramos con un arquitecto o un contratista general. Nuestro procedimiento se asemeja al de los arquitectos, pero no hacemos todo de forma integral.
Queremos tener claridad primero antes de firmar algo y por eso nos alegraríamos mucho si pudieran apoyarnos aquí.
Saludos cordiales
CK
tenemos un borrador de un arquitecto que debe ser realizado por una oficina de planificación. Hasta ahora no tenemos un contrato con la oficina de planificación de la construcción y parece que la oficina emite una factura después del trabajo realizado. Mi comprensión sería, sin embargo, que deberíamos firmar un contrato de antemano. La oficina de planificación de la construcción se encarga de la solicitud de construcción, la estática, el reglamento de ahorro de energía, planos a escala 1:50, la dirección de obra y adjudica los oficios más o menos en contratos individuales.
1. Pregunta: ¿No deberíamos firmar un contrato con la oficina de planificación de la construcción? En caso afirmativo, ¿sobre qué exactamente?
Por un lado, no se necesita un contrato para la solicitud de construcción, la estática, etc., pero ¿cómo es con la adjudicación y la dirección de obra? De esto surge también nuestra segunda pregunta:
2. Pregunta: ¿Quién asegura la calidad y es responsable en caso de que el trabajo se haya ejecutado incorrectamente?
Por ejemplo, en nuestro caso se debe rellenar tierra. ¿Qué pasa si no se compacta correctamente y la tierra se hunde? Aquí vería en parte al director de obra, pero también a los distintos oficios.
Sé cómo sería si solo construyéramos con un arquitecto o un contratista general. Nuestro procedimiento se asemeja al de los arquitectos, pero no hacemos todo de forma integral.
Queremos tener claridad primero antes de firmar algo y por eso nos alegraríamos mucho si pudieran apoyarnos aquí.
Saludos cordiales
CK