Maskulinus
23.07.2015 21:01:02
- #1
Hola a todos.
Estoy interesado en la valoración técnica del siguiente caso:
Un prestatario tiene un financiamiento inmobiliario con el banco.
Plazo restante = 3 años. Solo paga los intereses que se generan.
La amortización se realiza mediante 2 seguros de vida – también con vencimiento en 3 años.
Deuda pendiente = 45.000 €
Monto asegurado ya acumulado, o valor actual de rescate en caso de cancelación del seguro de vida:
Seguro 1 = 55.000 €
Seguro 2 = 30.000 €
El prestatario debe pagar 500 € al mes por ambos seguros.
El rendimiento de los seguros disminuye constantemente debido a la situación en el mercado de capitales.
Ahora, el prestatario quiere cancelar el seguro 1 para reducir la carga mensual y cancelar anticipadamente el préstamo.
Alternativamente, si no es posible una cancelación anticipada incluyendo la penalización por pago anticipado (fijación de interés hasta 02/2018), sería posible depositar la suma en una cuenta bloqueada / cuenta de ahorro a la vista del banco, para que tenga acceso a ella al vencimiento del préstamo.
El banco rechazó estas propuestas y insiste en el cumplimiento del contrato.
Por lo tanto, el prestatario debería seguir pagando la carga mensual de 500 € para mantener ambos seguros.
Pregunta: ¿Realmente el prestatario tiene que aceptar que el banco no libere ningún seguro, aunque con ambos seguros el préstamo ya esté garantizado al 188 %?
Y también está el valor del inmueble.
¿No debería ser suficiente una garantía del 100 %?
Gracias por sus respuestas.
Estoy interesado en la valoración técnica del siguiente caso:
Un prestatario tiene un financiamiento inmobiliario con el banco.
Plazo restante = 3 años. Solo paga los intereses que se generan.
La amortización se realiza mediante 2 seguros de vida – también con vencimiento en 3 años.
Deuda pendiente = 45.000 €
Monto asegurado ya acumulado, o valor actual de rescate en caso de cancelación del seguro de vida:
Seguro 1 = 55.000 €
Seguro 2 = 30.000 €
El prestatario debe pagar 500 € al mes por ambos seguros.
El rendimiento de los seguros disminuye constantemente debido a la situación en el mercado de capitales.
Ahora, el prestatario quiere cancelar el seguro 1 para reducir la carga mensual y cancelar anticipadamente el préstamo.
Alternativamente, si no es posible una cancelación anticipada incluyendo la penalización por pago anticipado (fijación de interés hasta 02/2018), sería posible depositar la suma en una cuenta bloqueada / cuenta de ahorro a la vista del banco, para que tenga acceso a ella al vencimiento del préstamo.
El banco rechazó estas propuestas y insiste en el cumplimiento del contrato.
Por lo tanto, el prestatario debería seguir pagando la carga mensual de 500 € para mantener ambos seguros.
Pregunta: ¿Realmente el prestatario tiene que aceptar que el banco no libere ningún seguro, aunque con ambos seguros el préstamo ya esté garantizado al 188 %?
Y también está el valor del inmueble.
¿No debería ser suficiente una garantía del 100 %?
Gracias por sus respuestas.