Derecho a girar o distancia a la frontera

  • Erstellt am 13.10.2013 20:20:47

kaho674

13.10.2013 20:20:47
  • #1
Hola,
¿Alguien aquí ha estudiado derecho? El siguiente problema:

Tenemos en tres lados de nuestra parcela áreas usadas para la agricultura. En estas se aplica el llamado derecho de Schwengel o una mayor distancia a la frontera:

“Una delimitación debe mantenerse a 0,6 m de la frontera de una parcela agrícola del vecino, cuando ambas parcelas se encuentran fuera de una zona urbanizada contigua y no están designadas como zona edificable en un plan de urbanismo. La franja de terreno frente a la delimitación puede ser pisada y transitada durante el cultivo de la parcela del vecino.”

Antes de construir, hicimos medir la parcela por una oficina de topografía y pusimos los mojones. Esto no es nada barato.

Ahora tenemos el problema recurrente de que un agricultor ara con su arado el mojón y además casi 1 m de nuestro terreno a lo largo de toda la frontera. Mientras estemos construyendo, no nos importa el arado, pero nos parece absurdo poner en riesgo el mojón de esta forma. Ya le hemos hablado dos veces al respecto, pero aparentemente cada espiga de trigo cuenta para él.

Ahora pensamos colocar un poste en el mojón, bien enterrado en el suelo, para que no pueda ararlo tan fácilmente.

¿Habrá algún problema con la ley mencionada arriba? No se trata de una delimitación, pero seguro que el sentido del derecho de Schwengel se ve igual de anulado, al menos en esa esquina. ¿Qué haríais vosotros?
 

Wastl

14.10.2013 08:39:42
  • #2
¡Asesoramiento legal solo puede dar el abogado!
No he estudiado derecho - y solo es una opinión de legos:
si ambas propiedades están fuera de una zona residencial continua y no están designadas como zona edificable en un plan de desarrollo
Para mí se lee así: Si dos campos están contiguos. Pregunta 1: ¿Estás fuera de una zona residencial? (revisa el plan de uso del suelo). Pregunta 2: ¿Existe un plan de desarrollo para tu casa / terreno? Si estás fuera y no tienes un plan de desarrollo, no puedes construir tu cerca / seto a menos de 0,6 metros del límite. Diría ingenuamente: Un tronco no es una cerca. Pero: el tractor también te puede tirar un tronco enterrado en cemento,...
 

kaho674

14.10.2013 20:58:27
  • #3
La ley es claramente aplicable a nosotros. Lo sabemos. Estamos en la zona rural. Se trata de terreno con expectativa de desarrollo, actualmente todavía clasificado como superficie agrícola. Pero esa no era la cuestión de la pregunta. Nosotros pensábamos más bien en una barra de hierro. Claro que el tractor puede tumbarla, pero en ese caso el tractor podría dañarse. El agricultor seguramente no quiere eso.
 

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