Musketier
28.09.2016 11:45:25
- #1
De improviso no puedo ayudarte y ahora mismo tengo poco tiempo para investigar.
Además, la asesoría jurídica está reservada a las profesiones correspondientes. De todos modos, solo podría darte indicaciones para la búsqueda.
Como no has detallado completamente tus relaciones de parentesco, no puedo valorar si se encuentran bajo el § 3 del impuesto sobre transmisiones patrimoniales. Supongo que podrían ser hermanastros. Probablemente el párrafo 6 se acerque más, pero incluso hermanos, en mi opinión, no serían una línea directa, por lo que los hermanastros tampoco estarían incluidos. Además, está descrito de manera bastante compleja.
El §6 párrafo 4 de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales podría tal vez aplicarse, si la adquisición no tiene más de 5 años. Lamentablemente no especificaste los meses de los procesos de adquisición.
Debo confesar que durante mi tiempo en la oficina de impuestos, solo traté el impuesto sobre transmisiones patrimoniales en teoría y nunca en la práctica.
¿Cuánto tiempo queda para presentar la reclamación?
En tu lugar, pediría cita con un asesor fiscal o con un abogado especializado en derecho tributario y allí le expondría todo. Tal vez haya opciones como las que propuso Tox o la reversión posterior o alguna otra cosa.
Si el plazo para la reclamación vence esta semana y no consigues cita con el asesor fiscal, entonces para preservar el plazo presenta la reclamación con la indicación de que la justificación será entregada posteriormente.
Además, la asesoría jurídica está reservada a las profesiones correspondientes. De todos modos, solo podría darte indicaciones para la búsqueda.
Como no has detallado completamente tus relaciones de parentesco, no puedo valorar si se encuentran bajo el § 3 del impuesto sobre transmisiones patrimoniales. Supongo que podrían ser hermanastros. Probablemente el párrafo 6 se acerque más, pero incluso hermanos, en mi opinión, no serían una línea directa, por lo que los hermanastros tampoco estarían incluidos. Además, está descrito de manera bastante compleja.
El §6 párrafo 4 de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales podría tal vez aplicarse, si la adquisición no tiene más de 5 años. Lamentablemente no especificaste los meses de los procesos de adquisición.
Debo confesar que durante mi tiempo en la oficina de impuestos, solo traté el impuesto sobre transmisiones patrimoniales en teoría y nunca en la práctica.
¿Cuánto tiempo queda para presentar la reclamación?
En tu lugar, pediría cita con un asesor fiscal o con un abogado especializado en derecho tributario y allí le expondría todo. Tal vez haya opciones como las que propuso Tox o la reversión posterior o alguna otra cosa.
Si el plazo para la reclamación vence esta semana y no consigues cita con el asesor fiscal, entonces para preservar el plazo presenta la reclamación con la indicación de que la justificación será entregada posteriormente.