Sandrina89
26.04.2022 08:55:57
- #1
Hola a todos,
Por fin nos acercamos a nuestro sueño de tener una casa propia.
De parientes hemos recibido un terreno en Sajonia como regalo y ahora estamos planeando qué debemos hacer antes de la construcción (además de talar y trasplantar árboles).
Actualmente nos desconcierta la cerca.
El terreno está cercado con una de esas cercas verdes de alambre. Queremos, antes de empezar, quitarla parcialmente y ponerla a un lado. Después de la construcción, debe volver a montarse como estaba.
Hace unos años (es decir, después de la instalación de la cerca por el dueño anterior) salió una ordenanza de diseño que permite esas cercas solo junto con un seto.
El pasaje correspondiente:
Las cercas de malla de alambre y de rejilla metálica hacia el espacio público de tránsito solo son permitidas junto con un seto. Solo se permiten arbustos autóctonos, no se permiten coníferas. La altura debe limitarse a 1,50 m.
¿Eso se aplica entonces también a nuestra cerca? Esta es más antigua que la ordenanza. Sin embargo, no tenemos documentos al respecto.
En realidad, preferiríamos no plantar un seto y habíamos esperado que la cerca tuviera 'protección por existencia previa'.
Por supuesto, vamos a informarnos primero en la oficina de construcción competente, pero queríamos recopilar algo de información antes.
Saludos cordiales
Sandrina
Por fin nos acercamos a nuestro sueño de tener una casa propia.
De parientes hemos recibido un terreno en Sajonia como regalo y ahora estamos planeando qué debemos hacer antes de la construcción (además de talar y trasplantar árboles).
Actualmente nos desconcierta la cerca.
El terreno está cercado con una de esas cercas verdes de alambre. Queremos, antes de empezar, quitarla parcialmente y ponerla a un lado. Después de la construcción, debe volver a montarse como estaba.
Hace unos años (es decir, después de la instalación de la cerca por el dueño anterior) salió una ordenanza de diseño que permite esas cercas solo junto con un seto.
El pasaje correspondiente:
Las cercas de malla de alambre y de rejilla metálica hacia el espacio público de tránsito solo son permitidas junto con un seto. Solo se permiten arbustos autóctonos, no se permiten coníferas. La altura debe limitarse a 1,50 m.
¿Eso se aplica entonces también a nuestra cerca? Esta es más antigua que la ordenanza. Sin embargo, no tenemos documentos al respecto.
En realidad, preferiríamos no plantar un seto y habíamos esperado que la cerca tuviera 'protección por existencia previa'.
Por supuesto, vamos a informarnos primero en la oficina de construcción competente, pero queríamos recopilar algo de información antes.
Saludos cordiales
Sandrina