.... En el acta de entrega se registran todos los defectos. Estos debes compensarlos al propietario si el propietario los objeta. Este tampoco puede aparecer dos semanas después.
PERO con el nuevo inquilino tienes 0 que ver; tú tampoco eres su contratante.
Buenos días, el tema parece estar aclarado.
Pero me molesta cuando se hacen afirmaciones generales como que "¡todos los defectos deben ser compensados al propietario!"
Eso no es correcto, porque no todos los defectos deben ser compensados.
Lo que el propietario quiera que se repare y lo que realmente debe repararse son dos cosas distintas.
No todo cae bajo la responsabilidad del inquilino, quien ha pagado una tarifa de uso (renta) por el uso, es decir, el disfrute.
Aquí también se deben tener en cuenta acuerdos especiales.
Como se explicó correctamente sobre este tema, el punto de contacto para el nuevo inquilino es el propietario.
Si el propietario no tiene más objeciones, el asunto está resuelto.
Saludos