Thoddy72
05.07.2013 17:47:13
- #1
Hola,
no pude encontrar una respuesta adecuada a mi pregunta en el foro, por eso describo aquí mi inquietud:
Desde hace más de 5 años ya está en marcha nuestro préstamo a 10 años con un banco cooperativo. Como acordamos una tasa de aproximadamente 4,6%, queremos calcular si, considerando un pago por cancelación anticipada, vale la pena cancelar el préstamo antiguo y obtener uno nuevo con las condiciones actualmente más favorables.
Nos quedó claro que nuestro banco no estaría muy interesado en ello. En la consulta nos negaron esta posibilidad. Hasta ahí todo bien. Sin embargo, la justificación fue una supuesta regulación legal que permitiría tal cancelación anticipada solo en caso de venta de la casa. Estaría expresamente prohibido si la razón fuera únicamente una posible ventaja financiera para el cliente.
¿Es así? ¿O fue solo un argumento tonto de la asesora?
Muchas gracias y saludos cordiales.
no pude encontrar una respuesta adecuada a mi pregunta en el foro, por eso describo aquí mi inquietud:
Desde hace más de 5 años ya está en marcha nuestro préstamo a 10 años con un banco cooperativo. Como acordamos una tasa de aproximadamente 4,6%, queremos calcular si, considerando un pago por cancelación anticipada, vale la pena cancelar el préstamo antiguo y obtener uno nuevo con las condiciones actualmente más favorables.
Nos quedó claro que nuestro banco no estaría muy interesado en ello. En la consulta nos negaron esta posibilidad. Hasta ahí todo bien. Sin embargo, la justificación fue una supuesta regulación legal que permitiría tal cancelación anticipada solo en caso de venta de la casa. Estaría expresamente prohibido si la razón fuera únicamente una posible ventaja financiera para el cliente.
¿Es así? ¿O fue solo un argumento tonto de la asesora?
Muchas gracias y saludos cordiales.