axwell23
21.04.2024 10:01:08
- #1
Aquí se explica qué es una contribución para costos de construcción:
Reglamento sobre condiciones generales para el suministro de agua (AVBWasserV)
§ 9 Contribuciones para costos de construcción
(1) La empresa suministradora de agua está autorizada a exigir a los conectados una contribución adecuada para costos de construcción para cubrir parcialmente los costos necesarios para la construcción o el refuerzo de instalaciones de distribución al servicio del suministro local bajo una gestión económica, siempre que estas se puedan asignar exclusivamente al área de suministro en la que se realiza la conexión. Las contribuciones para costos de construcción pueden cubrir como máximo el 70 por ciento de estos costos.
(2) La porción de costos que deben aportar los conectados como contribución para costos de construcción puede calcularse basándose en la longitud de la fachada a la calle de la propiedad a conectar y en el precio por metro de tubería de suministro. El precio por metro de tubería de suministro resulta de los costos de adquisición y fabricación de las instalaciones de distribución mencionadas en el párrafo 1, dividido por la suma de las longitudes de fachada a la calle de todas las propiedades que pueden conectarse a las instalaciones de distribución en la respectiva área de suministro. La empresa suministradora puede basar el cálculo en una longitud mínima de fachada a la calle que considere las circunstancias del área de suministro de hasta 15 metros.
(3) Al calcular la contribución para costos de construcción, la empresa suministradora puede usar unidades de medida orientadas al costo distintas o además de la longitud de la fachada a la calle, tales como el tamaño del terreno, la superficie útil o el número de unidades de vivienda o unidades económicas similares. En este caso, al calcular la contribución para costos de construcción se debe considerar la suma de las unidades de medida de las propiedades que pueden conectarse en el área de suministro correspondiente.
(4) Solo se puede exigir una contribución adicional para costos de construcción si el conectado aumenta significativamente su demanda de servicio. Esta debe calcularse según los apartados 2 y 3.
(5) Si se realiza una conexión a una instalación de distribución que fue construida antes del 1 de enero de 1981 o cuya construcción comenzó antes de esa fecha, la empresa suministradora puede, en desviación de los apartados 1 a 3, exigir una contribución para costos de construcción según los métodos de cálculo anteriormente utilizados para la instalación.
(6) La contribución para costos de construcción y los costos de conexión domiciliaria regulados en § 10 apartado 5 deben calcularse por separado y detallarse para el conectado.
Los costos de las conexiones fuera de la propiedad debo pagarlos yo. En resumen: desde la alcantarilla delante de la casa hasta la conexión principal de agua a 60 metros de distancia (no en la propia propiedad).
Reglamento sobre condiciones generales para el suministro de agua (AVBWasserV)
§ 9 Contribuciones para costos de construcción
(1) La empresa suministradora de agua está autorizada a exigir a los conectados una contribución adecuada para costos de construcción para cubrir parcialmente los costos necesarios para la construcción o el refuerzo de instalaciones de distribución al servicio del suministro local bajo una gestión económica, siempre que estas se puedan asignar exclusivamente al área de suministro en la que se realiza la conexión. Las contribuciones para costos de construcción pueden cubrir como máximo el 70 por ciento de estos costos.
(2) La porción de costos que deben aportar los conectados como contribución para costos de construcción puede calcularse basándose en la longitud de la fachada a la calle de la propiedad a conectar y en el precio por metro de tubería de suministro. El precio por metro de tubería de suministro resulta de los costos de adquisición y fabricación de las instalaciones de distribución mencionadas en el párrafo 1, dividido por la suma de las longitudes de fachada a la calle de todas las propiedades que pueden conectarse a las instalaciones de distribución en la respectiva área de suministro. La empresa suministradora puede basar el cálculo en una longitud mínima de fachada a la calle que considere las circunstancias del área de suministro de hasta 15 metros.
(3) Al calcular la contribución para costos de construcción, la empresa suministradora puede usar unidades de medida orientadas al costo distintas o además de la longitud de la fachada a la calle, tales como el tamaño del terreno, la superficie útil o el número de unidades de vivienda o unidades económicas similares. En este caso, al calcular la contribución para costos de construcción se debe considerar la suma de las unidades de medida de las propiedades que pueden conectarse en el área de suministro correspondiente.
(4) Solo se puede exigir una contribución adicional para costos de construcción si el conectado aumenta significativamente su demanda de servicio. Esta debe calcularse según los apartados 2 y 3.
(5) Si se realiza una conexión a una instalación de distribución que fue construida antes del 1 de enero de 1981 o cuya construcción comenzó antes de esa fecha, la empresa suministradora puede, en desviación de los apartados 1 a 3, exigir una contribución para costos de construcción según los métodos de cálculo anteriormente utilizados para la instalación.
(6) La contribución para costos de construcción y los costos de conexión domiciliaria regulados en § 10 apartado 5 deben calcularse por separado y detallarse para el conectado.
Los costos de las conexiones fuera de la propiedad debo pagarlos yo. En resumen: desde la alcantarilla delante de la casa hasta la conexión principal de agua a 60 metros de distancia (no en la propia propiedad).