... ¿pero se compró en junio?!
Entonces, ¿cuándo se celebró el contrato notarial?
Si no se menciona nada sobre amianto, etc., y los "defectos" ya eran evidentes, no se puede hacer nada al respecto. Si solo son visibles durante la demolición, tampoco se pueden ver ni reclamar en la entrega, por lo que no ha habido engaño. Mi opinión...
Como ya se dijo: se establece un acta de entrega para futuras reclamaciones por daños y perjuicios en alquiler o compra de vivienda (de manera oportuna)
Si la casa es de una época en la que se usaban sustancias nocivas, el comprador también debe esperar que tenga defectos ocultos (no visibles en ese momento). Porque eso es lo que importa en la demolición.
Pero eso también lo pregunta la empresa de demolición o al menos se prepara para ello.