GÜ insolvente - ¿y ahora? (Plan de pagos, etc.)

  • Erstellt am 22.02.2019 22:27:51

Kekse

22.02.2019 22:27:51
  • #1
Excepcionalmente no voy a lanzar solo respuestas cortas de mal humor o explicaciones extensas entre ( ), sino que tengo un asunto propio. Como ya se mencionó en otros hilos, nuestro GÜ ha declarado insolvencia. Al parecer, el tribunal aprobó la autoadministración en un día (por lo que, por supuesto, los negocios continúan) y ellos, así como todos los involucrados, esperan que el problema se resuelva sin demasiadas dificultades para abril. Eso dicen.
Lo que dice el propietario/gerente sobre cómo sucedió suena plausible. Además, no estaba obligado a informarnos, pero lo hizo. Construimos según VOB, por lo que tenemos derecho a rescindir el contrato. Sin embargo, por varias razones no queremos ejercerlo si no es absolutamente necesario. Pero, por supuesto, en esta situación es extremadamente importante para nosotros no sobrepagar, por lo que sería genial si pudieran revisar críticamente nuestro plan de pagos (El gerente quiere cedernos un poco en el plan de pagos y/o el precio "como compensación por la inquietud y la incertidumbre", así que aún estamos en fase de negociación, aunque la construcción ya esté comenzando en paralelo).

En nuestro contrato dice:


El importe total del contrato es 300.000. Equipamiento esencial (que afecta la distribución de costos entre oficios):
Incluye trabajos de pintura y suelos
Persianas eléctricas en casi todas las ventanas
Ventilación controlada con recuperador de entalpía (Wolf Comfort CWL 400 Excellent)
Una puerta corredera elevable
Una puerta doble con panel acristalado
El volumen de construcción es muy sencillo, planta rectangular, 2 pisos completos, tejado a dos aguas a 23°.

Otras adiciones (especialmente calefacción: gas ahora, luego bomba de calor geotérmica encargada) se facturan mediante extras, que obviamente se cobrarán no antes de la instalación; normalmente (si "no se sale de madre") agrupados al final. Los trabajos de tierra generaron menores costos de aproximadamente 1500 €, que también están incluidos en los extras.

Tenemos contrato de derecho a una fianza de finalización del 5 %. La hemos reclamado, pero obviamente no la recibiremos (a menos que por casualidad haya alguna por ahí). Probablemente aceptemos su ausencia a cambio de retener la suma correspondiente como garantía, ¿no?

Agradecería mucho el conocimiento concentrado del foro y, si alguien quiere, también que me cuente en qué punto fuimos tontos e ingenuos, adelante. Sé que yo mismo lo sé, pero también sienta bien decirlo.
(Y claro, el post se ha vuelto extenso otra vez, lo siento…)
 

Kekse

22.02.2019 22:31:36
  • #2
Suplemento: Hasta hoy tenemos una placa de arena, esquinas del edificio marcadas y varios materiales en la parcela ([KG-Rohr], placas de poliestireno, mallas de acero para construcción, esa clase de cosas para placas de suelo). Por lo tanto, hemos pagado el primer 5 % = 15 k€.

Además, no estoy totalmente seguro de en qué orden se integran los oficios no incluidos en el plan de pagos en el andamiaje…
 

guckuck2

22.02.2019 22:39:49
  • #3


No puedo desmontar todo ahora, para eso necesitarás un abogado, pero construir según VOB con clientes privados es complicado. Con particulares solo se puede acordar aquello que hayan podido conocer y la VOB no es de acceso público (a diferencia del Código de Construcción). ¿Se te entregó la VOB aplicable? Si no, en el peor de los casos todo el contrato no vale nada.

Mi impresión es que simpatizas mucho con tu contraparte y no tienes ganas de buscar a otro ahora. Eso también es comprensible porque finalmente significa costos adicionales.
Racionalmente, estás en buena posición si aún no has invertido dinero y si estás al principio. Se añade el dilema moral (si rescindes, eso lo acerca un poco más al abismo).
En situaciones así yo sería egoísta para protegerme a mí mismo. Mi opinión.

Como mínimo, yo dejaría constancia de no hacer ningún pago por adelantado (de todas formas está prohibido). Por lo tanto, habría que revisar el plan de pagos para asegurarse de esto. Además, retención de garantía de al menos 5%, mejor 10%, durante los 5 años después de la finalización para asegurar la garantía, en caso de que quiebre.
En la práctica, probablemente no cumplirá eso por falta de solvencia, por lo que terminará nuevamente en rescisión. Está fuera del juego, como se suele decir. Tampoco obtendrá materiales sin pago por adelantado en ninguna parte porque le falta la línea de crédito... el asunto está zanjado.
 

Kekse

22.02.2019 22:51:01
  • #4
Te doy las gracias. Sé que la VOB en realidad no se aplica a los consumidores, pero en este caso está permitido elegir selectivamente (derecho de rescisión en caso de insolvencia). De todos modos, salgo ganando, de una forma u otra.

En realidad no tengo ningún dilema moral. Su insolvencia, su problema. Pero los costes adicionales serían considerables y la duración mayor también causaría presión (hasta el punto de que consideraría una nueva mudanza, y realmente no me gusta mudarme…), por eso en realidad no quiero rescindir sino modificar.
 

hampshire

23.02.2019 01:29:32
  • #5
Lamentablemente no puedo asesorarte profesionalmente. Salir de un contrato es una cosa. Otra es qué servicios prestados deben pagarse en este caso. Eso puede ser, en algunos casos, considerablemente más que el primer 5%.
 

11ant

23.02.2019 01:36:44
  • #6

Probablemente este es tu primer hilo propio, por lo que no encontré nada más sobre tu casa, es decir, tampoco tengo idea de qué tan “específicos” son los detalles que dificultan que otra persona los implemente fácilmente.


Los jueces competentes no hacen algo así por capricho, por lo que parece que hay una perspectiva real de viabilidad. Sospecho que, por lo tanto, no se esperan daños para las cajas sociales y que la situación difícil puede superarse en un tiempo manejable.

¿Desde cuándo cuentas “en un día” – después de la solicitud propia, y no existe solicitud de terceros?


Eso debe ser realmente una insolvencia muy leve si todavía hay margen en términos de liquidez para eso.

Según esta descripción, me imagino una empresa que solo está temporalmente insolvente y que no presenta el indicador más grave de insolvencia, la sobreendeudamiento. Es decir, que tiene un gerente honesto que informó formalmente al tribunal de insolvencia conforme a los criterios antes de que siquiera un acreedor acudiera allí.

Por supuesto, no doy garantías, pero hasta ese punto suena como un caso poco preocupante.
 

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