El verano pasado hubo un cambio en la jurisprudencia sobre el cálculo ficticio de daños. Personalmente he leído que, si conservas el daño, solo recibirás la diferencia entre el valor del bien defectuoso y el valor del bien sin defecto. Podrías echar un vistazo a la pregunta 1500.- o 2000.-. Haufe publicó esto en las noticias el 23.07., la sentencia es del BGH y se refiere a contratos de obra.
Saludos cordiales
Gabriele