Con esta sentencia de fecha 13.7.2011, VI R 61/10 (BStBl 2012 II. 232), el BFH decidió que los servicios de artesanos están favorecidos independientemente de si se trata de gastos de conservación o de producción. El límite no se encuentra en los elementos del hecho «medidas de renovación, conservación o modernización», sino en el elemento del hecho «en el hogar». Solo están favorecidos aquellos servicios de artesanos que se prestan en el ámbito espacial de un hogar existente. El BFH fundamenta esta opinión, por un lado, en el texto literal del § 35a apartado 3 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que incluye expresamente trabajos de renovación y modernización, aunque tales trabajos también puedan constituir costos de producción, y, por otro lado, en el propósito de la subvención, es decir, fomentar el crecimiento y el empleo.
En el punto 21 del escrito del BMF de fecha 10.1.2014 (IV C 4 - S 2296) se regula que las actividades artesanales en el marco de una obra de nueva construcción no están favorecidas. Se consideran obras de nueva construcción todas las medidas que se realicen en conexión con la edificación de un hogar hasta su finalización. Esta formulación permite inicialmente concluir que no ha cambiado la opinión administrativa anterior. Sin embargo, dado que un edificio se considera finalizado cuando todas las obras principales están terminadas y la construcción está tan avanzada que la ocupación de la vivienda es razonable, están favorecidos todos los trabajos realizados después de la ocupación de una vivienda nueva, ya que estos trabajos se ejecutan "en un hogar existente".
P.D.: en el año de la mudanza nos reconocieron trabajos de pavimentación y la construcción del carport. Son importantes los comprobantes de los pagos; los pagos en efectivo no son aceptados.