Escroda
05.11.2019 17:03:04
- #1
¿Sabes si entonces también cuenta, o sea PORQUE hay una construcción?
Bueno, si la construcción es ilegal, entonces como máximo computa para las tasas por medidas administrativas. En caso de duda, debes demostrar que la construcción fue realizada legalmente, de lo contrario se amenaza con la orden de demolición.
Hasta ahora tampoco nos hemos informado más sobre el aspecto legal.
Eso es lamentable, ya que al construir en áreas rurales muchas cosas dependen de la evaluación individual de la autoridad. ¿Al menos te has ocupado del §35 del Código de Construcción?
Juguemos a ser empleados malos de la autoridad:
Rechazo ambas variantes. La variante roja amplía la edificación en el paisaje libre (el garaje no cuenta, ya que es ilegal), la variante amarilla aparentemente sobrepasa el límite efectivo de construcción. Los planos presentados (tus fotos aéreas) no son concluyentes. Espero un plano de ubicación a escala (los carports parecen demasiado grandes) con justificación conforme al §35 del Código de Construcción.