ypg
02.04.2015 21:23:58
- #1
Queridos constructores de casas,
la mayoría de vosotros estáis casados, así que también asegurados mutuamente - ¡eso pensáis!
Desgraciadamente, no os otorgáis automáticamente poderes mutuos para vuestras cuentas bancarias con el voto matrimonial: estas siguen siendo asunto privado del titular de la cuenta.
Pueden surgir problemas si el titular de la cuenta, de la que se realizan las domiciliaciones más importantes (o altas), ya no puede manejarla por sí mismo o fallece.
El cónyuge sobreviviente solo puede acceder al dinero con retraso y bajo una serie de condiciones.
Las condiciones dependen, entre otras cosas, del certificado de herederos, la sucesión y los copropietarios.
Por favor, recordad: otorgaros mutuamente poderes para vuestras cuentas a tiempo (es decir, ahora) -
si no, ¡puede apretaros mucho en lo financiero!
Os lo aconseja una preocupada Yvonne
la mayoría de vosotros estáis casados, así que también asegurados mutuamente - ¡eso pensáis!
Desgraciadamente, no os otorgáis automáticamente poderes mutuos para vuestras cuentas bancarias con el voto matrimonial: estas siguen siendo asunto privado del titular de la cuenta.
Pueden surgir problemas si el titular de la cuenta, de la que se realizan las domiciliaciones más importantes (o altas), ya no puede manejarla por sí mismo o fallece.
El cónyuge sobreviviente solo puede acceder al dinero con retraso y bajo una serie de condiciones.
Las condiciones dependen, entre otras cosas, del certificado de herederos, la sucesión y los copropietarios.
Por favor, recordad: otorgaros mutuamente poderes para vuestras cuentas a tiempo (es decir, ahora) -
si no, ¡puede apretaros mucho en lo financiero!
Os lo aconseja una preocupada Yvonne