Garantía de seguridad según el §650 del Código de Construcción

  • Erstellt am 08.01.2020 13:27:18

Fuchur

09.01.2020 17:55:42
  • #1
También lo hicimos nosotros allí. Nuestro acuerdo con la empresa constructora fue que esta es la única garantía, es decir, no hay cesión adicional y recibimos una fianza de finalización por el mismo importe. Así, el pago de los anticipos es mucho más cómodo y yo recibo el dinero directamente del banco.
 

Lucrezia

17.01.2020 18:17:43
  • #2
Nos encontramos en una situación similar. En nuestro contrato está escrito:
"Para garantizar la cuota final se debe presentar una confirmación de financiamiento irrevocable (fianza bancaria) por el 10% del monto total.
Como alternativa, sobre esta suma se puede abrir una llamada cuenta conjunta en el banco principal de
XXX (contratista general)."


Por esta garantía ahora tendríamos que pagar aproximadamente 200€: no nos parece justo tener que asumir costos causados por nuestro contratista general (podríamos prescindir de una garantía).
¿Puede un contratista general exigir al propietario que asuma los costos de las comisiones de la garantía?

, en vuestro caso, ¿el contratista general se hace cargo de las comisiones de la garantía?
 

nordanney

17.01.2020 18:26:28
  • #3

La comisión no la exige el contratista general, sino tu banco. También podría ofrecerla sin costo alguno.
Al contrario: ¿pagarías tú por una fianza de garantía del contratista general? Eso sería tan desafortunado como tu deseo.
 

Lucrezia

19.01.2020 21:01:33
  • #4
Quizá no lo expresé con claridad: nosotros mismos no necesitamos la fianza, podríamos prescindir de ella sin problema. Por eso me parece inapropiado que los promotores tengan que pagar por ello.
Me interesaría saber:
¿Todos los contratistas generales actúan así, o existen alternativas para ofrecerles una seguridad financiera? (preferiblemente sin banco: no tomamos un crédito)
 

Fuchur

19.01.2020 21:40:49
  • #5
Sin crédito, la respuesta suele ser: pago anticipado como garantía.

En nuestra larga búsqueda de un constructor sin garantía, no encontramos ninguno que construya sin garantía. La mayoría quiere una cesión del préstamo (que generalmente se formula de manera muy ambigua, Town & Country incluso lo vende como una seguridad adicional para el constructor...). Nuestro constructor solo exige una garantía del 10% y otros requieren cesión más aval bancario. Además, en los contratos con contratista general suele haber un sobrepago alto en las primeras cuotas, que al final no es más que una garantía adicional.

Hemos descartado categóricamente la cesión, lo que incluso llevó a la cancelación de un contrato de construcción ya firmado. Nadie cedió en esto, sin concesiones.
 

nordanney

19.01.2020 22:06:49
  • #6

Es cierto, aunque está en el contrato, también podéis depositar el dinero. Así no tenéis que gastar dinero en la fianza.
Tenéis que enfrentaros a una situación, de lo contrario no habríais podido firmar el contrato.

P.D. Cuando compráis un coche, también tenéis que pagar todo lo que pedís y firmáis. Aquí no es diferente. Contrato es contrato. Y sí, esto es bastante habitual.
 

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