Renegociación del plan de pagos, por favor ayuda

  • Erstellt am 18.02.2016 21:18:00

Lorie

18.02.2016 21:18:00
  • #1
Querida comunidad,

Estamos a punto de adquirir un terreno y queremos construir una casa unifamiliar en él. Todo se realiza a través de un contratista general. Sin embargo, hay algunos puntos muy críticos en el contrato de construcción y el plan de pagos presentado seguramente no es óptimo.

Estaría muy agradecida si pudieran darme indicaciones sobre qué partidas son demasiado altas y que necesitan ser renegociadas urgentemente. La última cuota seguramente está establecida demasiado baja o ¿es suficiente la garantía de cumplimiento contractual prevista del 5 %?

Aquí el plan de pagos:

1. 8 % del precio del contrato tras la finalización de la planificación de permisos / estatutos / solicitud de construcción, descontando la garantía de cumplimiento contractual acordada conforme al § 632 a del Código de Construcción.

2. 7 % del precio del contrato tras la finalización del cambio de suelo / capa base

3. 10 % del precio del contrato tras la finalización de la placa de cimentación

4. 15 % del precio del contrato tras la finalización de paredes exteriores planta baja + techo

5. 15 % del precio del contrato tras la finalización de la estructura en bruto planta alta + techo / armazón del tejado instalado

6. 10 % del precio del contrato tras la instalación de ventanas / puerta principal (sin relleno) y cubierta del tejado (sin trabajos de chapistería ni cajones de tejado)

7. 15 % del precio del contrato tras la finalización de la instalación en bruto de calefacción / sanitarios / electricidad / ventilación

8. 10 % del precio del contrato tras la finalización del suelo de mortero / revestimiento exterior (revoque base sin revoque final) / construcción en seco / trabajos de chapistería / cajones de tejado / sistema de drenaje

9. 8 % del precio del contrato tras la finalización del revoque final / completado de calefacción / revestimientos de escaleras planta sótano-planta baja y planta baja-planta alta / azulejos / borde de guijarros y podio de entrada

10. 2 % del precio del contrato tras la finalización y completado de electricidad / sanitarios / puertas interiores (instalación sólo después de trabajos de pintura y revestimiento de suelos), aptitud para la recepción final

Muchas gracias por sus indicaciones

Saludos cordiales

Lorie
 

Lorie

21.02.2016 16:04:59
  • #2
Hola,

¿Alguien tiene una idea o está bien así?

Saludos, Lorie
 

Masipulami

21.02.2016 16:58:07
  • #3
El 65% después de la finalización de la estructura cerrada está claramente (!) sobrepagado.

De ninguna manera firmaría eso. En caso de insolvencia del [GU], no podrían terminar la casa con el dinero restante.
 

Lorie

21.02.2016 17:55:47
  • #4
Gracias por la respuesta,

¿cómo deberían redistribuirse los pagos? En mi opinión, el primer 8 % es demasiado. El ingeniero estructural y la solicitud de construcción se pagan por separado. ¿7 % después del intercambio de suelo también es mucho? ¿Cuota final al menos 5 %?

Muchas gracias

Saludos cordiales, Lorie
 

Bauexperte

21.02.2016 18:40:57
  • #5
Buenas noches Lorie,

Masipulami ya ha publicado la esencia.

No creo que puedas intervenir significativamente en el plan de pagos presentado. Tu favorito tiene una razón para exigirlo así.

"Si", contra todo pronóstico, hay margen de negociación, deberías tratar de no imponer más del 60% máximo con la estructura cerrada. También significa que el monto de las cuotas debería estar distribuido de manera más uniforme.

El monto de la cuota final no es el tema; en contraste está la retención del 5%.

Lo que es mucho más interesante es qué garantías te ofrece tu proveedor favorito.

Saludos, Bauexperte
Bauexperte
 

alter0029

22.02.2016 09:59:27
  • #6
El Código de Construcción regula la cantidad del pago a cuenta en el § 632a de la siguiente manera:

El empresario puede exigir al contratante un pago a cuenta por un servicio prestado conforme al contrato, en la medida en que el contratante haya obtenido un aumento de valor por dicho servicio. El pago a cuenta no puede ser negado por defectos menores. El § 641 apartado 3 se aplica en consecuencia. Los servicios deben demostrarse mediante una lista que permita una evaluación rápida y segura de los servicios.
 

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