GMontero
09.04.2020 13:10:18
- #1
 
Hola queridos constructores de viviendas,
mi esposo y yo adquirimos en diciembre un departamento de un proyecto de construcción.
La empresa ejecutora (renombrada y conocida) permite solicitudes especiales en la medida en que sean realizables y se anuncien con tiempo.
Después de seleccionar las solicitudes especiales, hoy recibimos una factura que fue emitida el 01.04.2020 y firmada por el promotor el 07.04.2020, con el requerimiento de pagar la factura dentro de los 14 días siguientes a su emisión.
Además, hay una pequeña frase debajo que me hace dudar un poco: "El cálculo es provisional. Nos reservamos el derecho de cobrar costos adicionales o menores si fuera necesario."
Mi pregunta: Acabo de revisar todos los contratos y no encontré en ningún lado una cláusula sobre la fecha de vencimiento de los costos de las solicitudes especiales. La primera información llegó solamente hoy con la factura. Preferiría pagar esto después de la finalización (considerando todos los costos adicionales). Sobre todo porque la estructura básica de nuestro piso ni siquiera está levantada aún.
Además, encuentro cuestionable la última frase sobre posibles costos adicionales y la referencia a la provisionalidad.
¿Cuál es su opinión/experiencia al respecto? ¿Debe pagarse el monto por adelantado? ¿Puede el promotor solicitar costos adicionales después de la conciliación? Siempre pensé que los costos de un trabajo extra en un proyecto nuevo deberían ser previsibles y que no deberían surgir costos inesperados porque, a diferencia de un inmueble existente, no deberían surgir medidas o problemas imprevistos.
Agradecería mucho su opinión y consejos.
mi esposo y yo adquirimos en diciembre un departamento de un proyecto de construcción.
La empresa ejecutora (renombrada y conocida) permite solicitudes especiales en la medida en que sean realizables y se anuncien con tiempo.
Después de seleccionar las solicitudes especiales, hoy recibimos una factura que fue emitida el 01.04.2020 y firmada por el promotor el 07.04.2020, con el requerimiento de pagar la factura dentro de los 14 días siguientes a su emisión.
Además, hay una pequeña frase debajo que me hace dudar un poco: "El cálculo es provisional. Nos reservamos el derecho de cobrar costos adicionales o menores si fuera necesario."
Mi pregunta: Acabo de revisar todos los contratos y no encontré en ningún lado una cláusula sobre la fecha de vencimiento de los costos de las solicitudes especiales. La primera información llegó solamente hoy con la factura. Preferiría pagar esto después de la finalización (considerando todos los costos adicionales). Sobre todo porque la estructura básica de nuestro piso ni siquiera está levantada aún.
Además, encuentro cuestionable la última frase sobre posibles costos adicionales y la referencia a la provisionalidad.
¿Cuál es su opinión/experiencia al respecto? ¿Debe pagarse el monto por adelantado? ¿Puede el promotor solicitar costos adicionales después de la conciliación? Siempre pensé que los costos de un trabajo extra en un proyecto nuevo deberían ser previsibles y que no deberían surgir costos inesperados porque, a diferencia de un inmueble existente, no deberían surgir medidas o problemas imprevistos.
Agradecería mucho su opinión y consejos.