Costruttrice
18.01.2022 09:24:00
- #1
Entonces debe ser una ventana por la que se pueda salir trepando (¿con escalera?), ¿no?
En nuestra ordenanza de construcción estatal se establece que las ventanas deben medir mínimamente 0,90 x 1,20 m y no estar situadas a más de 1,20 m sobre el borde superior del suelo; en el pozo de luz debe haber una posibilidad de ascenso (lógicamente, la cubierta/rejilla debe ser fácil de retirar). Pero lo mejor es que compruebes en la ordenanza de construcción estatal que es relevante para ti qué se exige en vuestro caso.
Sobre los costos de bandas de luz/inundadores de luz no puedo decir nada, nosotros optamos por un patio de luz. La ventana tiene la distancia requerida de 3 m respecto al límite en nuestro caso.