Plan de desarrollo con restricción de altura

  • Erstellt am 16.01.2019 18:55:55

mimez

16.01.2019 18:55:55
  • #1
Hola,

mi nombre es Micha y soy nuevo aquí y estoy a punto de comprar una casa con un terreno adicional que algún día me gustaría construir. El plan de ordenamiento urbanístico es así:



Según el plan, es posible un edificio de dos plantas con restricción de altura. Cuando miro la parte del texto, dice:

En edificios de una planta, la altura de las paredes exteriores del edificio - medida desde la intersección de la cubierta sobre la casa unifamiliar - (ver punto 3.2) puede ser de un máximo de 3,15 m y en edificios que no sean necesariamente de dos plantas, la altura no debe ser inferior a 4,30 m (pared exterior del edificio como se indica arriba).

No lo entiendo muy bien. Entonces, en un piso completo (+ ático), la pared exterior de mi edificio puede tener 3,15 m (desde la casa unifamiliar hasta la cubierta). Pero, ¿qué pasa con dos pisos completos? ¿Qué altura puede tener el edificio?

Perdón si la pregunta es tonta, no llevo mucho tiempo leyendo planes de ordenamiento urbanístico.

Saludos, michael
 

ypg

16.01.2019 20:11:08
  • #2
¿Incluye el plan de desarrollo varias áreas, algunas permitiendo viviendas de 1 planta y otras de 2 plantas como en tu caso?
Entonces la versión textual también se ocupa de los otros terrenos.
lo sabe :)
 

Escroda

16.01.2019 21:27:17
  • #3

Como mínimo 4,30 m, ya que tu terreno está en una zona donde se permiten dos plantas, pero no son obligatorias (de lo contrario tendría que haber un círculo alrededor de la fijación de la cantidad de plantas).
Sin embargo, sería útil conocer todo el plan de ordenación urbana. Sacado de contexto, esta fijación no tiene sentido para mí.
 

mimez

17.01.2019 11:56:03
  • #4
Gracias por sus respuestas. Ahora mismo hay un poco de movimiento y estamos en una fase crítica con todo esto. Tenemos que aclarar muchas cosas con todo tipo de personas.

Se trata de un área residencial establecida que existe desde hace 30 años. El terreno a la izquierda del señalado ya está construido con un edificio de 3 viviendas y tiene 2 plantas completas + ático. Nosotros adquiriríamos esta casa y tiene la siguiente altura:




Una altura de "al menos 4,30 m" no tiene mucho sentido desde mi punto de vista. ¿Qué pasa si pongo allí un complejo de 20 m? Por eso estoy un poco confundido. Todas las casas alrededor son más bien de una planta y el de dos plantas resalta. Solo quiero asegurarme de que no haya sorpresas desagradables. Me gustaría construir en el terreno en algún momento y, preferiblemente, hacer también 2 plantas completas.

Saludos, Micha
 

Escroda

17.01.2019 17:13:07
  • #5

Eso es lo que digo. Difícil de entender por sí solo. Pero si no haces accesible aquí el plan completo de desarrollo urbanístico, solo se puede explicar lo que citas.

Sujeto a otras disposiciones sería posible. Pero entonces los pisos deberían tener al menos 6 m de altura, lo que casi nadie con sentido común planifica, ni mucho menos paga. Bueno, primero habría que consultar en el código estatal de construcción vigente hace 30 años la definición de "planta completa" para ver si entonces todavía estaba permitido apilar pisos que no fueran completos. Además, en cada código estatal de construcción (que yo conozca) existe el concepto de desfiguración (en BW §11), que en caso necesario puede evitar catástrofes urbanísticas.

En tus descripciones hasta ahora no veo ninguna contradicción. Los hechos corresponden a las disposiciones. ¿Qué es exactamente lo que te hace sospechar?
 

mimez

19.01.2019 10:32:51
  • #6
Gracias por tu / vuestra ayuda. Este es mi primer plan de desarrollo que tengo que leer y no quiero cometer errores. Como el terreno vecino directo fue edificado con 2 plantas completas en la misma superficie edificable, todo debería estar bien. Solo me llamó la atención la altura mínima. Lo de la altura tiene sentido si se considera que solo se pueden construir 2 plantas completas, entonces una casa de 30m no tendría mucho sentido ;-)

¡MUCHAS GRACIAS a todos!!! ¡genial!
 

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