Redsonic
04.01.2018 23:39:48
- #1
Hola a todos,
tengo una pregunta sobre el pago final para mi casa unifamiliar recién construida. En el contrato de obra dice lo siguiente:
"El cliente debe proporcionar, con el primer pago parcial, una garantía para la realización oportuna de la obra sin defectos esenciales por un valor del 5% de la remuneración reclamada. (...) La garantía puede ser entregada mediante un aval o cualquier otra promesa de pago (...)."
Para ello tengo un aval bancario por el 5% del importe de la construcción.
En el plan de pagos, el pago número 13 de un 2% está previsto "después de la aceptación y la eliminación de los defectos esenciales que impidan la entrada".
La aceptación tuvo lugar el 21.12.2017, y mi mudanza fue inmediatamente después. En el acta de aceptación hay varias partidas pendientes, que no representan defectos esenciales. Algunas cosas aún no se han realizado.
La empresa constructora ha propuesto ahora retener 2.000 EUR debido a que, por condiciones climáticas, aún no se ha puesto el suelo del pódium de entrada de la casa.
Sin embargo, los puntos importantes que faltan son los siguientes: falta revestimiento de madera en el balcón, enlucido de la fachada exterior con defectos en la entrada, altura útil en el desván demasiado baja (se ofreció un descuento de 500 EUR), algunos temas con trabajos eléctricos y de pintura, pódium de entrada, punto de controversia sobre el drenaje del balcón a través del pódium...
Ya recibí la solicitud para devolver el aval bancario.
¿Puedo ahora retener una cantidad arbitraria o no, porque todo eso no son defectos esenciales? Mi idea sería no pagar el 2% completo. Eso serían 6.000 EUR. Pero ¿quizás me demandan por pago o detienen las obras de reparación?
Buena suerte, Redsonic
tengo una pregunta sobre el pago final para mi casa unifamiliar recién construida. En el contrato de obra dice lo siguiente:
"El cliente debe proporcionar, con el primer pago parcial, una garantía para la realización oportuna de la obra sin defectos esenciales por un valor del 5% de la remuneración reclamada. (...) La garantía puede ser entregada mediante un aval o cualquier otra promesa de pago (...)."
Para ello tengo un aval bancario por el 5% del importe de la construcción.
En el plan de pagos, el pago número 13 de un 2% está previsto "después de la aceptación y la eliminación de los defectos esenciales que impidan la entrada".
La aceptación tuvo lugar el 21.12.2017, y mi mudanza fue inmediatamente después. En el acta de aceptación hay varias partidas pendientes, que no representan defectos esenciales. Algunas cosas aún no se han realizado.
La empresa constructora ha propuesto ahora retener 2.000 EUR debido a que, por condiciones climáticas, aún no se ha puesto el suelo del pódium de entrada de la casa.
Sin embargo, los puntos importantes que faltan son los siguientes: falta revestimiento de madera en el balcón, enlucido de la fachada exterior con defectos en la entrada, altura útil en el desván demasiado baja (se ofreció un descuento de 500 EUR), algunos temas con trabajos eléctricos y de pintura, pódium de entrada, punto de controversia sobre el drenaje del balcón a través del pódium...
Ya recibí la solicitud para devolver el aval bancario.
¿Puedo ahora retener una cantidad arbitraria o no, porque todo eso no son defectos esenciales? Mi idea sería no pagar el 2% completo. Eso serían 6.000 EUR. Pero ¿quizás me demandan por pago o detienen las obras de reparación?
Buena suerte, Redsonic