¿Los jardines delanteros no están cercados al espacio de tráfico público?

  • Erstellt am 05.09.2010 22:44:16

sultan

05.09.2010 22:44:16
  • #1
Queridos miembros del foro,
estamos construyendo y ahora llegamos al punto en el que debemos reflexionar sobre el diseño del jardín (Nivelación básica). Nos hemos dado cuenta (¡lamentablemente solo ahora!) de que en nuestro plan de desarrollo urbanístico aparece el siguiente pasaje:

"Los jardines frontales no pueden estar cercados hacia el espacio público de circulación, excepto los jardines frontales a lo largo de la calle colectora.
Solo se permiten cercas vivas (setos) con o sin cerca de alambre germinada, así como cercas de estructuras abiertas (por ejemplo, rejillas de madera o acero) como cercados.
Los cercados a lo largo de espacios públicos de circulación no deben superar la altura de 1,00 m."

1. ¿Puede ser esto y 2. cómo debe entenderse?

No estamos ubicados en una calle colectora, ¿significa esto que, según la primera frase, no podemos plantar ningún cercado hacia el espacio público de circulación? Pero, ¿por qué entonces en la última frase dice que los cercados [...] no deben superar 1 m? ¡Eso es una contradicción en sí misma!

Además: ¿qué caracteriza un cercado "hacia el espacio público de circulación"? ¿Se trata de la orientación del cercado? ¿O de la distancia al espacio público de circulación? ¿O de ambos? ¿Desde cuándo un seto de jardín es ya un cercado, incluso a un metro, dos metros, tres metros, etc. de distancia del límite de la propiedad? ¿Existe una definición válida para todos de "cercado"?

¡Estaría muy agradecido por ayudas para la interpretación y consejos sobre cómo anular estas reglas que obviamente solo se crean para causar molestias! Porque difícilmente se puede asumir que una norma así me obligue a mantener mi jardín a la vista del público. ¿O sí?

Saludos: el Sultán
 

sultan

23.10.2010 21:59:43
  • #2


¡Muchas gracias por la respuesta, Bauexperte!
¿Puedo suponer que por cada centímetro que retroceda el cerramiento respecto al límite del terreno, puedo aumentar en esa misma medida la altura del cerramiento (más allá del metro permitido)?
He oído hablar de una regla general así...
 

Bauexperte

24.10.2010 10:11:07
  • #3
Hola,


Esto es un VRI (error de derecho popular).

Las disposiciones del plan de desarrollo urbanístico son generalmente vinculantes, ya sea que la cerca se coloque directamente en o por ejemplo a 1,0 m de distancia de la línea limítrofe; detalles los conoce la autoridad de construcción responsable de ti.

Saludos cordiales
 

Temas similares
17.12.2015Muro en el límite de la propiedad45
06.09.2017Definición de cercas30
27.01.2018Límite de la propiedad - Construir cerca de él - ¿Permiso?11
04.07.2018Distancia desde el límite de la propiedad en caso de un terreno vecino más bajo14
28.03.2019Límite de propiedad poco claro y consecuencias legales12
22.02.2021Distancia de la terraza al límite de la parcela55
11.04.2021Canal de alcantarillado en el límite de la propiedad20
14.06.2023El vecino está construyendo una caseta de jardín, el techo sobresale más allá del límite de la propiedad21
26.04.2025Reconstrucción por parte de los vecinos a lo largo de la frontera de la propiedad42

Oben