Cerca / Derecho de vecindad en Brandeburgo

  • Erstellt am 03.01.2020 19:54:10

trksglm

03.01.2020 19:54:10
  • #1
¡Hola, queridos amigos!
Hemos adquirido una parte de una gran parcela.
La gran parcela está dividida en tres partes y las dos parcelas traseras cuentan con un derecho de paso peatonal, vehicular y de instalación.
Con el derecho de vecindad en Brandeburgo se regula que desde la calle el vecino derecho es responsable del cerramiento del límite de la parcela.
Pero, ¿cómo es en el caso de parcelas en forma de martillo?

Muchas gracias.
Un cordial saludo

 

ypg

03.01.2020 22:02:18
  • #2
Igual.
La página de acceso para la propiedad determina lo que está a la izquierda y a la derecha. La propiedad 3 tiene la obligación frente a la propiedad 2, G 2 con respecto a G 1.
 

trksglm

04.01.2020 00:56:42
  • #3
Suena lógico. Gracias
 

Escroda

04.01.2020 07:50:01
  • #4
Si fuera tan fácil...

¿Real o ideal?

¿Dónde está atrás, dónde está adelante?

¿Qué es una calle?

¿Cómo crees que es un terreno tipo "martillo"?

Exactamente al contrario. El propietario del terreno 1, si la línea naranja debe ser una límite de propiedad, debe construir la cerca en la frontera con el terreno 2 (línea naranja/roja).

Para que hablemos de las mismas superficies y secciones de límite, aquí hay dos esquemas modificados:
1.



2.


para el caso 1: el propietario del 106 debe cercar la sección d, 105, 104 y 107 no tienen límite común con la calle, por lo que no hay que cercar juntos
para el caso 2: el propietario del 106 debe cercar la sección c, 105 la f, 104 la j, 109 la m

Según mi entendimiento de "terreno tipo martillo", no hay ninguno en mis esquemas. Yo consideraría un terreno tipo martillo la unión de 104 y 109.
 

ypg

04.01.2020 09:26:57
  • #5
¡Perdón! También lo decía exactamente al contrario *avergonzado* Entonces: G1 está obligado frente a G2, G2 frente a G3 En NDS la ley es igual, una vez me ocupé de terrenos anidados.
 

trksglm

04.01.2020 09:27:34
  • #6

Real

La calle está adelante

Calle principal, acceso a las propiedades.

Terrenos que no tienen acceso directo a una calle y que a través de una propiedad obtienen un derecho de paso por medio de un registro de propiedad.
*Es como en la escuela: pregunta respuesta


Se trata del caso 1.
En el esquema inicial, el terreno 1 está directamente en la calle y no utiliza el área del derecho de paso (GFL) en su terreno.
Los terrenos 2 y 3 dependen del GFL para acceder a las propiedades. El terreno 2 también concede al terreno 3 un GFL para que éste tenga acceso a su propiedad.
Así que 1 está "adelante" y 2 + 3 "atrás".
Cuando se trata de la cerca, la explicación de "ypg" suena lógica.
Tus complementos sobre la cerca común me parecen útiles, muchas gracias.
 

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