trksglm
03.01.2020 19:54:10
- #1
¡Hola, queridos amigos!
Hemos adquirido una parte de una gran parcela.
La gran parcela está dividida en tres partes y las dos parcelas traseras cuentan con un derecho de paso peatonal, vehicular y de instalación.
Con el derecho de vecindad en Brandeburgo se regula que desde la calle el vecino derecho es responsable del cerramiento del límite de la parcela.
Pero, ¿cómo es en el caso de parcelas en forma de martillo?
Muchas gracias.
Un cordial saludo

Hemos adquirido una parte de una gran parcela.
La gran parcela está dividida en tres partes y las dos parcelas traseras cuentan con un derecho de paso peatonal, vehicular y de instalación.
Con el derecho de vecindad en Brandeburgo se regula que desde la calle el vecino derecho es responsable del cerramiento del límite de la parcela.
Pero, ¿cómo es en el caso de parcelas en forma de martillo?
Muchas gracias.
Un cordial saludo