Bueno, si miro tus condiciones contractuales, todo está excluido excepto una estufa de leña que se pueda usar como fuente secundaria de energía (en qué medida, por ejemplo, puede ser una estufa con conducción de agua con la que puedas calentar el depósito de agua caliente sanitaria, eso podrías aclararlo tú o simplemente hacerlo)
Todo lo demás, si leo bien, no estará permitido... Además, no tendría sentido ya que comprarías un sistema de calefacción doble y también tendría que integrarse en el sistema de calefacción, lo cual no permitirán, aunque no trabajarías en su circuito de calefacción porque normalmente solo hay intercambiadores de calor con 2 circuitos separados entre su circuito de agua y el tuyo, pero aun así el instalador de calefacción tendría que integrarlo y normalmente solo puede intervenir su técnico.
Yo, porque no hay otra opción, lo aceptaría y me pondría una estufa de leña normal en la casa que de todos modos habría instalado, al menos esa no cuesta tanto como una con conducción de agua.