Retraso en la finalización de la casa - ¿retener el dinero?

  • Erstellt am 16.07.2017 09:27:40

ypg

16.07.2017 11:07:33
  • #1


No se puede ver tan simple.

Tu pregunta hecha AHORA muestra que en AQUEL ENTONCES no manejaron correctamente los errores del otro. Mi opinión.

Ya en aquel entonces deberían haber trabajado con plazos establecidos por escrito.

Mi humilde opinión de aficionado
 

Ngggn

16.07.2017 11:12:05
  • #2
Hola, sí, lamentablemente deberíamos haberlo dejado por escrito.

Tuvimos una lucha para conseguir una nueva fachada de forma extrajudicial.

¿Puedo reclamar los costos del informe? Fueron al menos 600€.
 

Bieber0815

17.07.2017 10:05:08
  • #3
Añade entre 300 y 500 euros más y consulta con un abogado especializado en derecho de la construcción.

IMHO no deberías pagar la cuota final; tampoco responder a los requerimientos de pago (como muy tarde, ante el requerimiento judicial de pago).

La -- según tus descripciones -- considerable excedencia del plazo de construcción acordado y tus gastos por los defectos seguramente justifican retener una indemnización por daños y perjuicios. Pero eso solo funciona si se hace todo correctamente desde el punto de vista formal*. Y eso solo es posible con el asesoramiento legal adecuado.

* Requerir en el momento adecuado con las fórmulas correctas y establecer plazos.
 

HilfeHilfe

17.07.2017 12:33:00
  • #4
No entraría en la pelea así. Ya todo ha sido eliminado.
 

Otus11

17.07.2017 15:22:50
  • #5
Sin [VERZUG] no hay daño por [VERZUGSSCHADEN].

Si no se ha establecido contractualemente un plazo, el retraso (por ejemplo, mediante un requerimiento) debe ser demostrado para poder imputarse.

Los daños concretos deben ser especificados de manera concreta.

El contrato también podría incluir una prohibición de compensación con reclamaciones no reconocidas o no otorgadas judicialmente, lo cual puede ser ineficaz frente a consumidores.

En su caso, los abogados de una oficina de consumidores serían un primer y económico punto de contacto. Sin asesoramiento no se debería actuar allí.
 

Bieber0815

17.07.2017 15:58:23
  • #6

Por experiencia propia: incluso con fecha límite, debe hacerse un requerimiento, solo así se pone en mora al contratista. Por lo tanto, nuestro consultante ya debería haberse asesorado en ese momento.

¿Ahora? ¿Más vale tarde que nunca (al abogado especialista) o dejar el tema? No podemos tomar esa decisión por él.
 
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