No existen desde 1998 más plantas completas en la Baybo, ahora solo se habla de plantas, en eso tienes razón. Pero:
(7) En la medida en que el § 20 párrafo 1 de la ordenanza de uso del suelo remite a la legislación estatal para la definición del término planta completa, se aplica en ese sentido el Art. 2 párrafo 5 en la versión vigente hasta el 31 de diciembre de 2007.
Y que yo sepa, los planes de desarrollo también deben interpretarse siempre con la legislación vigente en el momento de su promulgación.