Altura del muro hacia el vecino

  • Erstellt am 13.12.2014 15:29:14

HilfeHilfe

13.12.2014 15:29:14
  • #1
Hola,

queremos poner un bloque de muro en el punto más bajo para que el suelo del jardín quede bien nivelado. La altura del muro en este punto sería de aproximadamente 1,18 m en lugar de 98 cm. Sin permiso se permiten 1 metro, con el consentimiento del vecino también más alto.

La longitud del muro de 1,18 metros sería de solo unos 3 metros.

Ahora viene el punto delicado. El vecino es amable y dice que sí, que pongamos el bloque sin problema, pero no quiere dar nada por escrito porque ya tuvo problemas con otros vecinos por ello y terminó en el tribunal. ¿Aun así pondrían el bloque sobre una base verbal? ¿Cómo es legalmente, existe algo así como derecho consuetudinario si él no se "molesta" durante un cierto periodo?

No queremos que en 4 años diga: "Oye, el muro es demasiado alto y tiene que quitarse".
 

ypg

13.12.2014 19:36:53
  • #2


¡Yo lo haría!
Asegúrate de que siga siendo amable, que olvide los 20 cm (es decir, que no lo menciones de nuevo) y que no mida después de años.

La siguiente respuesta después de la mía querrá tener todo por escrito ;)

Saludos, Yvonne
 

Bauabenteurer

13.12.2014 21:59:45
  • #3
En serio, lo del vecino seguramente irá bien. Pero si se vende la casa, se tiene el problema de nuevo a más tardar cuando el nuevo propietario no esté de acuerdo con la altura. Lo tenemos en nuestro círculo de conocidos. La cerca, que era demasiado alta, tuvo que ser retirada por esa razón. Por supuesto, no se dejaría constancia por escrito...
 

DG

15.12.2014 10:27:12
  • #4
Hola,

existen plazos para presentar oposiciones en cercas/muros cuando se sobrepasa el marco libre de autorización.

Cuando, como aquí, un muro/cerca de hasta 1 m está permitido y se construye sin consentimiento escrito/solicitud de construcción un muro que en realidad tiene 1,50 m de altura (¡tener en cuenta la altura de referencia! Puede diferir de la altura real del terreno), el vecino afectado debe de presentar formalmente/por escrito una oposición dentro de un plazo legalmente establecido; de lo contrario, podría interpretarse como un reconocimiento tácito, siempre que no existan otras oposiciones en materia de derecho urbanístico.

El derecho vecinal corresponde a los estados federados o puede estar regulado también por ordenanzas locales, por lo que, en caso de duda, primero hay que localizar la fuente legal aplicable y consultar los plazos/regulaciones vigentes en cada caso particular.

Saludos cordiales Dirk Grafe
 

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