11ant
16.11.2018 13:30:38
- #1
Además, en la oficina de construcción no estaban de acuerdo consigo mismos sobre si se permite construir una terraza en la azotea de la cochera con una altura máxima de 4 m, o si se aplica la ordenanza estatal de construcción, según la cual solo se permiten 3 m de altura máxima como construcción en el límite. Esto todavía se está aclarando, porque en realidad el plan de ordenación urbana se contradice a sí mismo.
¿Qué contradicción existe en el plan de ordenación urbana?
Seguramente, en este foro solo podrá decirlo: un privilegio de construcción en el límite generalmente solo se aplica a la cochera en sí y una terraza tendría que respetar la distancia al límite; sin embargo, aquí, en la casa adosada, hablamos de un tipo de construcción continua que, en este sentido, no conoce retranqueos laterales dentro del conjunto de casas (y, por lo tanto, no existe una limitación de altura para la construcción en el límite como tal). Por eso, consideraría que la barandilla de la terraza podría llegar perfectamente hasta la altura del alero.