Trollkind
07.06.2017 09:30:24
- #1
Buenos días,
acabo de registrarme aquí (también me presentaré más adelante ;-)), espero estar en el lugar correcto con mi pregunta porque no entiendo muy bien las normativas de construcción locales que recibimos del departamento de construcción, espero que alguien aquí pueda ayudarme...
Brevemente sobre la situación:
En 2006 compramos una casa unifamiliar (año de construcción 62) junto con un quiosco de 80 m² (año de construcción 72), dos edificios separados. Nuestra casa y el quiosco están en una pendiente. Ambos edificios tienen 2 plantas donde las plantas superiores están al nivel de la calle, por lo que ambos techos son asimétricos. Es decir, en la parte frontal, hacia la calle, son cortos y en la parte trasera, hacia el jardín, los techos son aproximadamente 3-4 veces más largos que en la parte frontal. Espero haberlo explicado de forma comprensible.
Ahora hemos solicitado un permiso de construcción para la reapertura del quiosco...
El permiso fue aprobado. Sin embargo, también especifica que el proyecto no cumple con las normativas de construcción y que debe ajustarse...
Todos los puntos están marcados en amarillo en las normativas locales de construcción (que son el anexo).
En el quiosco (lado de la calle) se añadió un porche cubierto, una especie de veranda techada (posteriormente en 1981). Este cubre toda la parte frontal del quiosco y tiene 1,25 m de ancho (¿o profundidad?).
Esta cubierta es de madera y solicitamos su demolición y reconstrucción, ya que está podrida... Además, también vamos a renovar el techo delantero porque hay placas antiguas de cemento con asbesto.
Esto fue aprobado con la indicación de que no cumple con las normativas y debe ser ajustado...
La siguiente frase está marcada (las palabras marcadas las escribo en MAYÚSCULAS):
Techos
"Los TECHOS en NUEVAS CONSTRUCCIONES y CONSTRUCCIONES DE REEMPLAZO deben ser TECHOS A DOS AGUAS SIMÉTRICOS o TEJADOS A CUATRO AGUAS con una inclinación mayor a 20 grados..."
En cuanto a construcciones en el techo
está marcada esta frase:
"LAS CONSTRUCCIONES EN EL TECHO SOLO ESTÁN PERMITIDAS COMO TECHOS A DOS AGUAS, TEJADOS A CUATRO AGUAS O VENTANAS DE TECHO DE UNA AGUJA."
Nota: ¡El techo del quiosco (techo a dos aguas) tiene un ángulo de inclinación de 10 grados!??
Honestamente no lo entiendo en absoluto. El techo no puede cambiarse a simétrico...
Si hiciéramos que la parte frontal fuera tan larga como la trasera, el techo apoyaría sobre la calle. O al contrario, la mitad del quiosco no tendría techo...
Y ¡no podemos cambiar el ángulo de 10 a 20 grados!
¿O estoy entendiendo todo mal?
Más abajo (bajo Tejados) hay otra frase que creo que se aplica más a nuestro quiosco:
Allí dice:
"En las ampliaciones en edificios existentes con techos planos o techos con una inclinación baja de hasta 20 grados, se debe adoptar la forma del techo principal."
¿No debería aplicarse esta frase a nuestro caso? O sea, que también construyamos la ampliación con una inclinación de 10 grados.
Lamentablemente, la persona responsable no estará disponible hasta la próxima semana.
¡Podría ser simplemente un error!
¿O cómo se debe entender todo esto?
Espero que alguien aquí pueda ayudarnos.
Y disculpen que el texto haya quedado tan largo.
Saludos cordiales
acabo de registrarme aquí (también me presentaré más adelante ;-)), espero estar en el lugar correcto con mi pregunta porque no entiendo muy bien las normativas de construcción locales que recibimos del departamento de construcción, espero que alguien aquí pueda ayudarme...
Brevemente sobre la situación:
En 2006 compramos una casa unifamiliar (año de construcción 62) junto con un quiosco de 80 m² (año de construcción 72), dos edificios separados. Nuestra casa y el quiosco están en una pendiente. Ambos edificios tienen 2 plantas donde las plantas superiores están al nivel de la calle, por lo que ambos techos son asimétricos. Es decir, en la parte frontal, hacia la calle, son cortos y en la parte trasera, hacia el jardín, los techos son aproximadamente 3-4 veces más largos que en la parte frontal. Espero haberlo explicado de forma comprensible.
Ahora hemos solicitado un permiso de construcción para la reapertura del quiosco...
El permiso fue aprobado. Sin embargo, también especifica que el proyecto no cumple con las normativas de construcción y que debe ajustarse...
Todos los puntos están marcados en amarillo en las normativas locales de construcción (que son el anexo).
En el quiosco (lado de la calle) se añadió un porche cubierto, una especie de veranda techada (posteriormente en 1981). Este cubre toda la parte frontal del quiosco y tiene 1,25 m de ancho (¿o profundidad?).
Esta cubierta es de madera y solicitamos su demolición y reconstrucción, ya que está podrida... Además, también vamos a renovar el techo delantero porque hay placas antiguas de cemento con asbesto.
Esto fue aprobado con la indicación de que no cumple con las normativas y debe ser ajustado...
La siguiente frase está marcada (las palabras marcadas las escribo en MAYÚSCULAS):
Techos
"Los TECHOS en NUEVAS CONSTRUCCIONES y CONSTRUCCIONES DE REEMPLAZO deben ser TECHOS A DOS AGUAS SIMÉTRICOS o TEJADOS A CUATRO AGUAS con una inclinación mayor a 20 grados..."
En cuanto a construcciones en el techo
está marcada esta frase:
"LAS CONSTRUCCIONES EN EL TECHO SOLO ESTÁN PERMITIDAS COMO TECHOS A DOS AGUAS, TEJADOS A CUATRO AGUAS O VENTANAS DE TECHO DE UNA AGUJA."
Nota: ¡El techo del quiosco (techo a dos aguas) tiene un ángulo de inclinación de 10 grados!??
Honestamente no lo entiendo en absoluto. El techo no puede cambiarse a simétrico...
Si hiciéramos que la parte frontal fuera tan larga como la trasera, el techo apoyaría sobre la calle. O al contrario, la mitad del quiosco no tendría techo...
Y ¡no podemos cambiar el ángulo de 10 a 20 grados!
¿O estoy entendiendo todo mal?
Más abajo (bajo Tejados) hay otra frase que creo que se aplica más a nuestro quiosco:
Allí dice:
"En las ampliaciones en edificios existentes con techos planos o techos con una inclinación baja de hasta 20 grados, se debe adoptar la forma del techo principal."
¿No debería aplicarse esta frase a nuestro caso? O sea, que también construyamos la ampliación con una inclinación de 10 grados.
Lamentablemente, la persona responsable no estará disponible hasta la próxima semana.
¡Podría ser simplemente un error!
¿O cómo se debe entender todo esto?
Espero que alguien aquí pueda ayudarnos.
Y disculpen que el texto haya quedado tan largo.
Saludos cordiales