zehn0813
16.06.2017 18:11:04
- #1
¡Hola a todos!
Actualmente estamos planeando una casa unifamiliar en NRW. La casa hasta ahora tenía un techo a dos aguas con una inclinación de 47°. Además, un tercer frontón con la misma inclinación del techo.
Pero este nos parece un poco pequeño y ahora queremos que sea más un frontón clásico frisio. Es decir, la altura de la cumbrera debe ser mayor y, en consecuencia, la inclinación del techo más empinada (el mirador sobre el que se encuentra el frontón no debe ser más ancho).
¿Cómo se comporta esto con respecto a la inclinación permitida del techo?
La altura de la cumbrera del tercer frontón debe seguir siendo más baja que la altura de la cumbrera del techo principal. Según el plan de desarrollo, para el techo principal se permite una inclinación de 38° a 48°. El plan de desarrollo no establece otras normativas, excepto para los garajes.
¿Pertenece el techo de un tercer y cuarto frontón al techo principal o es un techo subordinado y, por lo tanto, está exento de la normativa en el plan de desarrollo?
Quizás alguien pueda ayudarnos.
Muchas gracias y saludos,
zehn0813
Actualmente estamos planeando una casa unifamiliar en NRW. La casa hasta ahora tenía un techo a dos aguas con una inclinación de 47°. Además, un tercer frontón con la misma inclinación del techo.
Pero este nos parece un poco pequeño y ahora queremos que sea más un frontón clásico frisio. Es decir, la altura de la cumbrera debe ser mayor y, en consecuencia, la inclinación del techo más empinada (el mirador sobre el que se encuentra el frontón no debe ser más ancho).
¿Cómo se comporta esto con respecto a la inclinación permitida del techo?
La altura de la cumbrera del tercer frontón debe seguir siendo más baja que la altura de la cumbrera del techo principal. Según el plan de desarrollo, para el techo principal se permite una inclinación de 38° a 48°. El plan de desarrollo no establece otras normativas, excepto para los garajes.
¿Pertenece el techo de un tercer y cuarto frontón al techo principal o es un techo subordinado y, por lo tanto, está exento de la normativa en el plan de desarrollo?
Quizás alguien pueda ayudarnos.
Muchas gracias y saludos,
zehn0813