Hola Gibson,
sÃ, es correcto, conforme a la Ley Estatal de EnergÃa Geotérmica, en edificios residenciales existentes a partir de 50 metros cuadrados, se debe cubrir el diez por ciento de la demanda energética para calefacción y agua caliente mediante el uso de energÃas renovables (biomasa, energÃa solar, energÃa geotérmica, bioaceite y biogás), siempre que se sustituya la instalación de calefacción.
En tu caso, dado que ya existe una instalación de calefacción, también considerarÃa que se trata de una sustitución.
Las excepciones al cumplimiento de los requisitos solo existen si
[*]existen otras disposiciones de derecho público que impidan su cumplimiento,
[*]la implementación no es técnicamente posible,
[*]la reforma supone una carga excesiva para el propietario (por ejemplo, si no dispone de suficientes recursos financieros) o
[*]ya se utilizaban energÃas renovables antes de la entrada en vigor de la ley.
Sin embargo, se encuentra la regulación de que los requisitos solo deben cumplirse si se sustituye la instalación central de calefacción. Las calderas de gas o de gasóleo a nivel de piso están excluidas de las disposiciones. Esta es aquà la cuestión de detalle que también hay que considerar para comprobar si la ley se aplica en tu caso.
Y opino que tu estufa de leña seguramente puede contarse aquÃ, pero también aquà es una cuestión de detalle y deberÃas acudir a un asesor energético, quien se encargará de elaborar el certificado energético que necesitas de todos modos, y que también requieres para la justificación y posibles subvenciones. Pero, en principio, con la combinación de la chimenea existente y una nueva instalación de calefacción a gas deberÃan cumplirse los requisitos.