Jensk21
25.08.2014 22:44:11
- #1
Hola expertos,
Actualmente estoy discutiendo con el municipio sobre la interpretación del plan de desarrollo urbanístico para una nueva zona residencial en la que nosotros mismos hemos construido.
Se trata de lo siguiente:
Según el plan de desarrollo urbanístico, debe construirse un muro de protección acústica a lo largo de una carretera federal bastante transitada:
Extracto del texto del plan de desarrollo urbanístico:
5.
Medidas y instalaciones especiales para la protección contra impactos ambientales nocivos en el sentido de la Ley Federal de Protección contra Inmisiones § 9 párrafo 1 número 24 y párrafo 6 del Código de Construcción
5.1 Muro/pared de protección acústica (a lo largo de la B XXX):
Dentro de la zona verde pública nº 2, destinada a muro/pared de protección acústica, debe levantarse en las áreas establecidas un muro o pared de protección acústica de 3 m de altura sobre el área adyacente correspondiente de la B XXX.
La pared de protección acústica debe ser “altamente absorbente” en el lado de la carretera y cumplir con las “Regulaciones Técnicas Adicionales y Directrices para la Construcción de Muros de Protección Acústica en Carreteras - ZTV-Lsw 88”.
Ahora he consultado en el municipio cuándo se construirá este muro de protección acústica.
Me informaron que la construcción del muro depende de ciertas condiciones. Según el municipio, dichas condiciones aún no se han cumplido. Por lo tanto, el muro no se construirá.
Lo curioso es que estas condiciones no están indicadas en el plan de desarrollo urbanístico mismo, sino en la justificación del plan.
Mi pregunta es:
¿Cuál es la relevancia legal en materia de construcción que tiene realmente la justificación del plan de desarrollo urbanístico?
Según lo que he leído en internet, la justificación es únicamente, conforme al § 3 párrafo 2 del Código de Construcción, un paso necesario en el procedimiento para la elaboración del plan de desarrollo urbanístico.
Ahora entiendo que dicha justificación tiene solo un carácter explicativo. Pero siempre es vinculante lo que está establecido en el plan de desarrollo urbanístico mismo.
Además, en nuestro plan de desarrollo urbanístico no hay ninguna referencia a la justificación ni se menciona como anexo ni nada por el estilo.
¿Estoy en lo correcto? ¿Es vinculante en derecho de la construcción lo que está garantizado en el plan de desarrollo urbanístico o también lo que dice el texto de la justificación?
Muchas gracias de antemano.
Actualmente estoy discutiendo con el municipio sobre la interpretación del plan de desarrollo urbanístico para una nueva zona residencial en la que nosotros mismos hemos construido.
Se trata de lo siguiente:
Según el plan de desarrollo urbanístico, debe construirse un muro de protección acústica a lo largo de una carretera federal bastante transitada:
Extracto del texto del plan de desarrollo urbanístico:
5.
Medidas y instalaciones especiales para la protección contra impactos ambientales nocivos en el sentido de la Ley Federal de Protección contra Inmisiones § 9 párrafo 1 número 24 y párrafo 6 del Código de Construcción
5.1 Muro/pared de protección acústica (a lo largo de la B XXX):
Dentro de la zona verde pública nº 2, destinada a muro/pared de protección acústica, debe levantarse en las áreas establecidas un muro o pared de protección acústica de 3 m de altura sobre el área adyacente correspondiente de la B XXX.
La pared de protección acústica debe ser “altamente absorbente” en el lado de la carretera y cumplir con las “Regulaciones Técnicas Adicionales y Directrices para la Construcción de Muros de Protección Acústica en Carreteras - ZTV-Lsw 88”.
Ahora he consultado en el municipio cuándo se construirá este muro de protección acústica.
Me informaron que la construcción del muro depende de ciertas condiciones. Según el municipio, dichas condiciones aún no se han cumplido. Por lo tanto, el muro no se construirá.
Lo curioso es que estas condiciones no están indicadas en el plan de desarrollo urbanístico mismo, sino en la justificación del plan.
Mi pregunta es:
¿Cuál es la relevancia legal en materia de construcción que tiene realmente la justificación del plan de desarrollo urbanístico?
Según lo que he leído en internet, la justificación es únicamente, conforme al § 3 párrafo 2 del Código de Construcción, un paso necesario en el procedimiento para la elaboración del plan de desarrollo urbanístico.
Ahora entiendo que dicha justificación tiene solo un carácter explicativo. Pero siempre es vinculante lo que está establecido en el plan de desarrollo urbanístico mismo.
Además, en nuestro plan de desarrollo urbanístico no hay ninguna referencia a la justificación ni se menciona como anexo ni nada por el estilo.
¿Estoy en lo correcto? ¿Es vinculante en derecho de la construcción lo que está garantizado en el plan de desarrollo urbanístico o también lo que dice el texto de la justificación?
Muchas gracias de antemano.