Toda esta situación es para llorar de todas formas. Pero no quiero quejarme, porque si no vuelven esos comentarios de "la culpa es tuya", de los que ya estoy más que harto.
¿A qué relación contractual se hace referencia aquí? ¿Propietario/general contractor (GU) o GU/subcontratista?
¿Por qué siempre se hace referencia a un cumplimiento contractual? ¿Se desvía la descripción del trabajo o la planificación del trabajo y ejecución del contrato?
De todas formas, ¿no va a ir a la insolvencia o no lo crees?
Entonces tú te quedas con los costos...
No puede. De lo contrario, ya lo habría hecho hace mucho tiempo. No es una GmbH y, por lo tanto, responde con su patrimonio privado. Y como tiene bienes inmuebles, al menos ahí hay algo que sacar. No sé si esos ya están gravados o no.